Page 381 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,


          MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES



          PASTELERIA Y CONFITERIA DE LA PROVINCIA DE ÁVILA|

          Código de Convenio | 05000635012010
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                   2,50%
          ÁVILA                             SALARIO ANUAL PEÓN:                                   14.350,05 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             14.811,30 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2022-2023                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      15.349,50 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                               -769,95 €
          REVISADO                          DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                          -308,70 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                         229,50 €

          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          87                                Artículo 14. Revisión Salarial. En el caso de que el Índice de Precios
                                            al Consumo establecido por el Instituto Nacional de Estadística (INE)
          Nº MUJERES:                       registrara, al 31 de diciembre de 2023, un incremento superior al
          54                                2,5%, la tabla salarial y el resto de conceptos pactados para el mismo
                                            serán objeto de una revisión salarial en el exceso que resulte, a los
          Nº HOMBRES:                       efectos de que sirva de base para el cálculo de la tabla salarial del año
          33                                siguiente.

                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:
                                            2 pagas de 30 días de S.B.+Ant.+ Paga Beneficios SB+ Antiguedad
                                            1 paga de 30 días de S.B.+Ant. de beneficios.

                                            OBSERVACIONES:
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