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Dentro del grupo de convenios que incluyen el mayor contenido de legislación
vigente, es decir, no solo la LO3/2007, sino incluyen también el real decreto 6/2019
y los últimos reales decretos de 2020 destacan los convenios de Chocolates,
bombones, caramelos, chicles de Barcelona, Lérida y Tarragona (Artículo 6.
Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades); Pastelería,
confitería, repostería y bollería de Palencia (Artículo 34. Planes de Igualdad);
Panificación, confitería, pastelerías, reposterías y platos precocinados de la
Pontevedra (31.- Igualdad en el trabajo) y Confitería, Pastelería, bollería, tortas,
mazapanes y otros productos de desayuno de Sevilla (Artículo 35. Fomento de
igualdad y contra la discriminación).
Hay otro grupo de convenios que, aunque no menciona directamente los últimos
decretos publicados sobre planes de igualdad, ya tiene actualizado las empresas
obligadas a negociar planes de igualdad a más de 50 personas trabajadoras. Así
aparece en los convenios de Pastelería, bollería, galletas, repostería, etc… de
Huesca (Artículo 49. Igualdad de trato y oportunidades y no discriminación);
Confitería, pastelería, bollería y repostería industrial de Valladolid (Artículo 51.
Garantía de igualdad de oportunidades y no discriminación entre las personas) y
Confitería, bollería, repostería artesanal y platos precocinados de Valladolid
(Artículo 11. Igualdad de oportunidades).
El convenio de Confiterías pasteleras y repostería de Navarra (Cláusula adicional
segunda. Planes de Igualdad) incluye la ley de igualdad y la actualización del
número de personas trabajadoras que obliga a una empresa a contar con un plan
de igualdad y, además, desarrolla el concepto de plan de igualdad, menciona el
diagnóstico de situación y la información que debe recoger, enumera los objetivos
de los planes de igualdad y las competencias de las empresas y representación
sindical para elaborar un plan de igualdad.