Page 191 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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Dentro  del  grupo  de  convenios  que  incluyen  el  mayor  contenido  de  legislación

                  vigente, es decir, no solo la LO3/2007, sino incluyen también el real decreto 6/2019
                  y  los  últimos  reales  decretos  de  2020  destacan  los  convenios  de  Chocolates,

                  bombones,  caramelos,  chicles  de  Barcelona,  Lérida  y  Tarragona  (Artículo  6.

                  Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades); Pastelería,

                  confitería, repostería y bollería de Palencia (Artículo  34. Planes de Igualdad);
                  Panificación, confitería, pastelerías, reposterías y platos precocinados de la

                  Pontevedra (31.- Igualdad en el trabajo) y Confitería, Pastelería, bollería, tortas,

                  mazapanes y otros productos de desayuno de Sevilla (Artículo 35. Fomento de

                  igualdad y contra la discriminación).
                  Hay otro grupo de convenios que, aunque no menciona directamente los últimos

                  decretos publicados sobre planes de igualdad, ya tiene actualizado las empresas

                  obligadas a negociar planes de igualdad a más de 50 personas trabajadoras. Así

                  aparece en los convenios de Pastelería, bollería, galletas, repostería, etc… de
                  Huesca  (Artículo  49.  Igualdad  de  trato  y  oportunidades  y  no  discriminación);

                  Confitería, pastelería, bollería y repostería industrial de Valladolid (Artículo 51.

                  Garantía de igualdad de oportunidades y no discriminación entre las personas) y

                  Confitería, bollería, repostería artesanal y platos precocinados de Valladolid
                  (Artículo 11. Igualdad de oportunidades).

                  El convenio de Confiterías pasteleras y repostería de Navarra (Cláusula adicional

                  segunda.  Planes  de  Igualdad)  incluye  la  ley  de  igualdad  y  la  actualización  del
                  número de personas trabajadoras que obliga a una empresa a contar con un plan

                  de igualdad y, además, desarrolla el concepto de plan de igualdad, menciona el

                  diagnóstico de situación y la información que debe recoger, enumera los objetivos

                  de los planes de igualdad y las competencias de las empresas y representación

                  sindical para elaborar un plan de igualdad.
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