Page 157 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LA ACTIVIDAD
AGRÍCOLA/GANADERA DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL|
Código de Convenio | 13000065011982
JORNADA
CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:
De acuerdo con la legislación vigente en dicho descanso se tendrá
en cuenta la duración de la semana laboral, es decir; si es de 5 días a
ocho horas de trabajo efectivo, corresponderán dos días de
descanso semanal; si es de 6 días semanales de trabajo
corresponderá a un día y medio de descanso semanal.
Las empresas tendrán la obligación de tener un calendario laboral,
individual o colectivo, por grupos de trabajadores/as a disposición de
cada empleado/a, donde se anoten los aumentos y/o disminuciones
de jornada, vacaciones, licencias y faltas al trabajo.
La modificación de la jornada, no reflejada en el calendario laboral de
la empresa, deberá ser notificada con un preaviso de 6 días, excepto
por causas de fuerza mayor.
En el caso de los trabajadores/as eventuales, fijos-discontinuos o de
duración determinada, de producirse jornadas flexibles con
ampliación de jornada diaria o semanal, se les acumulará para
realizarles la prolongación de su contrato de trabajo por el tiempo
del exceso de trabajo, por jornadas completas, abonándose los
salarios correspondientes a la misma.