Page 157 - NC 2023 en el Sector Agrario Español
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AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA



          CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LA ACTIVIDAD

          AGRÍCOLA/GANADERA DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL|
          Código de Convenio | 13000065011982
                                                   JORNADA







                                            CLÁUSULAS SOBRE FLEXIBILIDAD DE LA JORNADA:

                                            De acuerdo con la legislación vigente en dicho descanso se tendrá
                                            en cuenta la duración de la semana laboral, es decir; si es de 5 días a
                                            ocho  horas  de  trabajo  efectivo,  corresponderán  dos  días  de
                                            descanso  semanal;  si  es  de  6  días  semanales  de  trabajo
                                            corresponderá a un día y medio de descanso semanal.

                                            Las empresas tendrán la obligación de tener un calendario laboral,
                                            individual o colectivo, por grupos de trabajadores/as a disposición de
                                            cada empleado/a, donde se anoten los aumentos y/o disminuciones
                                            de jornada, vacaciones, licencias y faltas al trabajo.
                                            La modificación de la jornada, no reflejada en el calendario laboral de
                                            la empresa, deberá ser notificada con un preaviso de 6 días, excepto
                                            por causas de fuerza mayor.

                                            En el caso de los trabajadores/as eventuales, fijos-discontinuos o de
                                            duración  determinada,  de  producirse  jornadas  flexibles  con
                                            ampliación  de  jornada  diaria  o  semanal,  se  les  acumulará  para
                                            realizarles la prolongación de su contrato de trabajo por el tiempo
                                            del  exceso  de  trabajo,  por  jornadas  completas,  abonándose  los
                                            salarios correspondientes a la misma.
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