Page 354 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



               4.- CONVENIO COLECTIVO DE LA VID DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ
                CÓDIGO CONVENIO        11000645011981

                VIGENCIA               2016- 2020
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Producida la denuncia, el convenio mantendrá en vigor su contenido hasta transcurridos dos años desde
                                       la denuncia del convenio colectivo si antes no se hubiera acordado uno nuevo.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  1.100
                HOMBRES                925
                MUJERES                175

                JORNADA                1.718
                VACACIONES             30 días laborables
                EJERCICIO ECONÓMICO    2020
                INCREMENTO SALARIAL    1,25%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias. Además de las dos pagas extraordinarias anteriores, los trabajadores tendrán
                                       derecho a media mensualidad en cada una de las siguientes fechas: 5 de enero; 15 de marzo; 1 de
                                       mayo (fiesta del trabajo) y 10 de septiembre.
                SALARIO ANUAL          Peón: 17.972,79 €  Oficial 1ª: 18.346,20 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Año 2020: Se establece un incremento fijo y consolidable del 1,25% y hasta un 1% más variable no
                                       consolidable, en dos tramos en función del EBITDA (0,50% si se iguala al del ejercicio anterior o 1% si
                                       se supera).

                COMPLEMENTO DE IT      Los Trabajadores protegidos por la seguridad social disfrutarán sobre las prestaciones económicas de
                                       ésta, de un complemento salarial que garantice la percepción del 95% de su salario real, a partir del cuar-
      354                              to día de la baja, exclusive, hasta el decimosegundo mes, prorrogables por otros seis meses si también
                                       hubiera sido concedida esta misma prórroga por la seguridad social. El personal que pasado el año, sea
                                       dado de alta de su enfermedad totalmente recuperado, se reintegrará a la empresa.
                CLÁUSULA DE            De conformidad con la legalidad vigente en cada momento, y en concreto con aquella sobre Medidas de
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  fomento de la contratación indefinida, para la mejora del empleo y el de su calidad, se acuerda por am-
                                       bas partes que los contratos temporales o de duración determinada que se transformen en indefinidos,
                                       tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, podrán acogerse a las ayudas previstas en las mismas,
                                       tanto las que se desarrollen en el ámbito Estatal como en el Autonómico.
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Asistencia médica.- En los casos de violencia de género, constatada conforme a lo dispuesto en la Ley
                                       1/2004, el tiempo necesario para la asistencia de la trabajadora a exámenes asistenciales (psicológicos o
                                       médico físicos) del servicio social correspondiente de la seguridad social.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       FEDEJEREZ, UGT, CC.OO.
                VARIOS / OBSERVACIONES
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