Page 246 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



               10.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO PARA EL SECTOR DE TRABAJADORES AGROPECUARIOS DE CASTELLÓN
                CÓDIGO CONVENIO        12000125011970
                VIGENCIA               2015-2017 (Prorrogado a 2018)

                DENUNCIA DEL CONVENIO  El convenio se prorrogará automáticamente en caso de no existir denuncia.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  3.260
                HOMBRES                2.862
                MUJERES                398

                JORNADA                40 horas semanales
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2017
                INCREMENTO SALARIAL    1,64%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de una mensualidad de S.B.
                                       1 paga de beneficios del 5,5% de salario anual
                SALARIO ANUAL          Peón: 12.638,09 €  Oficial 1ª: 13.248,98 €
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   Sí, si el IPC a 31 de diciembre superase dicho porcentaje, se incrementarán las retribuciones en un 75%
                                       de la diferencia entre el IPC real, con el tope del 3%, y los anteriores porcentajes.
                COMPLEMENTO DE IT      Sí. Para los trabajadores fijos, la empresa abonará durante dicho periodo de incapacidad la diferencia
                                       entre lo que el trabajador perciba por dicha situación y el salario real que percibió durante el mes anterior
                                       al causar baja. En cuanto a los trabajadores eventuales y fijos discontinuos, el trabajador tendrá derecho a
                                       que, durante los primeros quince días, la empresa le abone la diferencia entre lo que el trabajador perciba
                                       por dicha situación y el salario convenio.
      246       CLÁUSULA DE            1.- Las empresas se comprometen a promover durante la vigencia de este convenio la estabilidad en el
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  empleo, primando el de carácter indefinido frente al eventual.
                                       2.-En caso de generarse vacantes de trabajadores fijos escalonadamente tendrán preferencia para un
                                       puesto de igual categoría y cualificación, los fijos discontinuos, y los eventuales, comprometiéndose a
                                       hacer la oferta pública dentro de la empresa para que puedan optar todos los trabajadores/as.
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Remisión a la Ley.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral:
                                       Derecho a la intimidad en relación con el acoso laboral,moral y sexual.
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       Unión de Llauradors i Remaders, Federaó de Cooperativas Agroalimentàrues de la Comunitat Valan-
                                       ciana, UGT, CC.OO.
                VARIOS / OBSERVACIONES  Salarios sin actualizar desde 2017.
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