Page 247 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



        11.- CONVENIO COLECTIVO AGROPECUARIO DE LA COMUNIDAD DE CATALUÑA
         CÓDIGO CONVENIO        79001175011995
         VIGENCIA               2018 (ampliada vigencia a 2020)

         DENUNCIA DEL CONVENIO  Denuncia dentro de los dos meses anteriores a su finalización
         NÚMERO DE TRABAJADORES  25.000
         HOMBRES                20.000
         MUJERES                5.000

         JORNADA                1.796 horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2018
         INCREMENTO SALARIAL    1,75%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas extraordinarias
         SALARIO ANUAL          Peón: 11.513,88 €  Oficial 1ª: 12.712,95 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      En caso de incapacidad temporal derivada de enfermedad común acreditada mediante la pertinente baja
                                médica expedida por el facultativo, el trabajador tendrá derecho a percibir durante los primeros 15 días
                                un complemento consistente en el 75% del salario real (se entenderá como salario real la media de los
                                tres últimos salarios percibidos en la empresa o en su defecto de los 2 últimos o el último salario perci-
                                bido anteriormente a la baja). Esto no será de aplicación cuando la baja coincida en los primeros 15 días
                                de contrato, por los que se estará lo que establezca la ley.

         CLÁUSULA DE            Las partes firmantes del presente Convenio consideran como objetivo prioritario el mantenimiento del   247
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  empleo y la creación de nuevos puestos de trabajo, comprometiéndose a propiciar, dentro de marcos
                                negociados, las medidas necesarias para la consecución de este objetivo, en el conjunto de las empresas
                                del sector. Las partes se comprometen a fomentar un uso adecuado de las modalidades de contratación,
                                fomentando el uso de contrato indefinido.
         VIOLENCIA DE GÉNERO    artículo 40. Referencia a la Ley de conciliación de la vida laboral y familiar y la ley de igualdad.
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       IACSI, JAR, UNIÓ DE PAGESOS DE CATALUNYA, UGT, CC.OO.
         VARIOS / OBSERVACIONES
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