Page 167 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.5.- Sector de Especias



        3.- CONVENIO COLECTIVO DE PREPARADORES Y ESTAUCADORES DE ESPECIAS, CONDIMENTOS Y HERBOLISTERÍA DE MURCIA
         CÓDIGO CONVENIO        30000505011981
         PROVINCIA              MURCIA
         VIGENCIA               2017-2021
         ESTADO                 REVISADO
         NÚMERO DE TRABAJADORES  500
         HOMBRES                150
         MUJERES                350

         1.- POLÍTICA SALARIAL
         EJERCICIO ECONÓMICO    2021
         INCREMENTO SALARIAL    2,00%
         SALARIO ANUAL          Peón: 15.653,97 €  Oficial 1ª: 17.387,01 €
         DIFERENCIA CON SMI 2021  Peón: 2.353,97 €   Oficial 1ª: 4.087,01 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         2.- IGUALDAD
         REGULA EL PRINCIPIO    Igualdad salarial en trabajos de igual valor.
         DE IGUALDAD SALARIAL
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   NO
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
         DE GÉNERO
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         ACOSO SEXUAL Y         Tipificado como falta muy grave el acoso sexual. Se considerará acoso sexual cualquier comportamiento ver-
         POR RAZÓN DE SEXO      bal, o físico, de naturaleza sexual, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)  de una personal, en particular, cuando se cree un entorNo intimidatorio, degradante u ofensivo.
                                La Empresa velará por la consecución de un ambiente en el trabajo libre de comportamientos indeseados
                                de carácter o conNotación sexual, y adoptará las
                                medidas oportunas al efecto, entre otras, la apertura de expediente disciplinario y/o contradictorio en su
                                caso. El acoso moral. Se considerará acoso moral la situación de hostigamiento que sufre un/a trabajador/a
                                sobre el/la que se ejercen conductas de violencia psicológicas.
         3.- JORNADA
         JORNADA LABORAL ANUAL  1.767
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
         4.- INDUSTRIA 4.0
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
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