Page 167 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.5.- Sector de Especias
3.- CONVENIO COLECTIVO DE PREPARADORES Y ESTAUCADORES DE ESPECIAS, CONDIMENTOS Y HERBOLISTERÍA DE MURCIA
CÓDIGO CONVENIO 30000505011981
PROVINCIA MURCIA
VIGENCIA 2017-2021
ESTADO REVISADO
NÚMERO DE TRABAJADORES 500
HOMBRES 150
MUJERES 350
1.- POLÍTICA SALARIAL
EJERCICIO ECONÓMICO 2021
INCREMENTO SALARIAL 2,00%
SALARIO ANUAL Peón: 15.653,97 € Oficial 1ª: 17.387,01 €
DIFERENCIA CON SMI 2021 Peón: 2.353,97 € Oficial 1ª: 4.087,01 €
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
2.- IGUALDAD
REGULA EL PRINCIPIO Igualdad salarial en trabajos de igual valor.
DE IGUALDAD SALARIAL
MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN NO
DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
DE GÉNERO
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ACOSO SEXUAL Y Tipificado como falta muy grave el acoso sexual. Se considerará acoso sexual cualquier comportamiento ver-
POR RAZÓN DE SEXO bal, o físico, de naturaleza sexual, que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad
(Sanciones / Medidas / Protocolo) de una personal, en particular, cuando se cree un entorNo intimidatorio, degradante u ofensivo.
La Empresa velará por la consecución de un ambiente en el trabajo libre de comportamientos indeseados
de carácter o conNotación sexual, y adoptará las
medidas oportunas al efecto, entre otras, la apertura de expediente disciplinario y/o contradictorio en su
caso. El acoso moral. Se considerará acoso moral la situación de hostigamiento que sufre un/a trabajador/a
sobre el/la que se ejercen conductas de violencia psicológicas.
3.- JORNADA
JORNADA LABORAL ANUAL 1.767
REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
4.- INDUSTRIA 4.0
REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA NO
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL NO