Page 92 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.1.- Convenios nuevos y convenios revisados en el año 2020 en el Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        6.- CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DEL CAMPO DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

         CÓDIGO CONVENIO        14000675011982
         SECTOR                 AGRARIO Y MANIPULADO HORTOFRUTÍCULA
         PROVINCIA              Córdoba
         VIGENCIA               2017-2020
         ESTADO                 Revisado
         NÚMERO DE TRABAJADORES  70.000
         HOMBRES                47.000
         MUJERES                23.000

         JORNADA                1.755
         EJERCICIO ECONÓMICO    2020
         INCREMENTO SALARIAL    1,5%
         SALARIO ANUAL          Peón: 12.658,54 €  Oficial 1ª: 13.203,63 €
         DIFERENCIA CON SMI 2020  Peón: -641,45 €   Oficial 1ª: -96,36 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         MEDIDAS DIRIGIDAS A PROMOVER  Comisión para la igualdad. Para garantizar el principio de no discriminación en el mundo laboral agrario
         LA IGUALDAD DE TRATO Y   se creará la Comisión para la Igualdad de Oportunidades y la No Discriminación, integrada por las partes
         DE OPORTUNIDADES ENTRE   firmantes del convenio con un mínimo de cuatro miembros, dos de la parte social y dos de la parte
         HOMBRES Y MUJERES      empresarial.
         REGULA EL PRINCIPIO    NO
         DE IGUALDAD SALARIAL                                                                                   91
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   En la sensibilización y en el reconocimiento de la violencia de género hacia las mujeres como problema publico y
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA   social, las partes firmantes del presente convenio, abogan por el cumplimiento de ley 1/2004 de 28 de diciembre
         DE GÉNERO              de medidas de protección integral contra la violencia de género y demás disposiciones legales vigentes.
         ACOSO SEXUAL Y         Tipificada como falta muy grave. El acoso por razón de origen racial o étnico, por religión o convicciones,
         POR RAZÓN DE SEXO      discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las perso-
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)  nas que trabajan en la empresa.
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
         REGULA LA LOPD         NO
         OBSERVACIONES
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