Page 134 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.3.- Sector de confiterías, pastelerías, chocolates, masas fritas, caramelos y turrones



        1.- CONVENIO COLECTIVO DE OBRADORES DE CONFITERÍA, PASTELERÍA Y MASAS FRITAS DE ALBACETE

         CÓDIGO CONVENIO        02000035011982
         SECTOR                 CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES, MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES
         PROVINCIA              Albacete
         VIGENCIA               2019 - 2021
         ESTADO                 Nuevo
         NÚMERO DE TRABAJADORES  150
         HOMBRES                60
         MUJERES                90

         JORNADA                1.800
         EJERCICIO ECONÓMICO    2020
         INCREMENTO SALARIAL    1,5 %
         SALARIO ANUAL          Peón: 13.527,75 €  Oficial 1ª: 16.672,75 €
         DIFERENCIA CON SMI 2020  Peón: 227,75 €   Oficial 1ª: 3.372,75 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         MEDIDAS DIRIGIDAS A PROMOVER  Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y,
         LA IGUALDAD DE TRATO Y   con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral
         DE OPORTUNIDADES ENTRE   entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes
         HOMBRES Y MUJERES      legales de los trabajadores en la forma que se determine la legislación laboral. En lo que respecta a
                                la elaboración y aplicación de los planes de igualdad se estará a lo dispuesto en la legislación laboral
                                vigente en cada momento.
                                                                                                               133
         REGULA EL PRINCIPIO    Sí.  La política salarial estará basada en principios objetivables, sin que en ningún caso se tengan en cuenta
         DE IGUALDAD SALARIAL   criterios diferenciadores por razón de género.
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   NO
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
         DE GÉNERO
         ACOSO SEXUAL Y         Sí. Medidas específicas en prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo y Protocolo de actuación en
         POR RAZÓN DE SEXO      los casos de acoso sexual o por razón de sexo.
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  NO
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
         REGULA LA LOPD         NO
         OBSERVACIONES
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