Page 114 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.1.- Sector de aceites y derivados



             xisten un total de 17 Convenios encuadrados dentro del sector de Aceites y derivados. De ellos, 6 con-
             venios se han firmado nuevos o se han pactado condiciones económicas para el ejercicio 2020. Estos 6
        Econvenios dan cobertura a 14.513 personas trabajadoras. De ellas, 8.392 son hombres y 6.121 son muje-
        res. Tienen un promedio de jornada laboral de 1.789 horas.

        Han pactado para 2020 un promedio de incremento salarial del 1,32% y el análisis de los salarios pactados
        arrojan un promedio de salario anual de categoría Peón de  15.521,08 e  y de Oficial de 1ª de 16.397,54 e.

        A continuación un gráfico ilustrativo de la tendencia de salarios anuales en ambas categorías:

          SALARIO ANUALES 2020                                         Salario Anual Peón  Salario Anual Oficial 1ª

         20.000                                            18.352,74 19.470,78
                17.044,16  17.360,28  16.373,49                                  17.223,62
                              15.167,05                                   15.863,52
         15.000                                     14.712,75
                                             13.866,95                                  12.832,04  13.244,29
         10.000

          5.000

              0
                   BARCELONA      CÓRDOBA       GRANADA         LÉRIDA        MÁLAGA         SEVILLA

                                                                                                               113
        En cuanto a la comparativa de salarios anuales de estas dos categorías con el Salario mínimo interprofesional
        para 2020, del análisis realizado que solo 1 convenio tienen un salario base anual de la categoría de Peón y de
        Oficial 1ª inferior al SMI 2020. Si bien  dicho convenio recoge en su articulado la siguiente salvedad “a la entrada
        en vigor del salario mínimo interprofesional si este fuese superior al salario base de las tablas, automáticamente
        se adaptará el salario base de la tabla a dicho salario mínimo interprofesional. Pero la adaptación se efectuará
        en su conjunto y cómputo anual, teniendo en cuenta todos los complementos del salario base de la tabla actual,
        incluso la antigüedad de los trabajadores y de cada uno de ellos a los que afecte la adaptación, de tal modo que
        si el conjunto y cómputo anual del salario mínimo es inferior al conjunto y cómputo anual del salario del pre-
        sente Convenio, el trabajador continuará percibiendo su salario de Convenio en su conjunto y cómputo anual”.


        Con esta salvedad hecha, pero atendiendo a las tablas salariales registradas en REGCON  el gráfico que arroja
        el análisis salarial es el siguiente:



          DIFERENCIA CON SMI                                Diferencia SMI 2020 Peón  Diferencia SMI 2020 Oficial 1ª
                                                                   6.170,78
          6.000
                                                            5.052,74
                        4.060,28
          4.000  3.744,16                                                        3.923,62
                                      3.073,49
                                                                          2.563,52
          2.000                1.867,05             1.412,75
                                               566,95
              0                                                                         -467,96  -55,71
                   BARCELONA      CÓRDOBA       GRANADA         LÉRIDA        MÁLAGA         SEVILLA
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