Page 118 - Negociación Colectiva 2020 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.1.- Sector de aceites y derivados



        2.- CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL PARA LAS INDUSTRAS DEL ACEITE Y SUS DERIVADOS PARA LA PROVINCIA DE
        CÓRDOBA. AÑO 2020

         CÓDIGO CONVENIO        14000265011982
         SECTOR                 ACEITES Y DERIVADOS
         PROVINCIA              Córdoba
         VIGENCIA               2020
         ESTADO                 Nuevo
         NÚMERO DE TRABAJADORES  2.000
         HOMBRES                1.600
         MUJERES                400

         JORNADA                1.752
         EJERCICIO ECONÓMICO    2020
         INCREMENTO SALARIAL    0 %
         SALARIO ANUAL          Peón: 15.167,04 €  Oficial 1ª: 16.373,49 €
         DIFERENCIA CON SMI 2020  Peón: 1.867,04 €   Oficial 1ª: 3.073,48 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL NO
         MEDIDAS DIRIGIDAS A PROMOVER  Sí. Cumplimiento del Rela Decreto Ley 6/2019 de 1 de Marzo
         LA IGUALDAD DE TRATO Y
         DE OPORTUNIDADES ENTRE
         HOMBRES Y MUJERES
         REGULA EL PRINCIPIO    Sí. Real Decreto 902/2020                                                      117
         DE IGUALDAD SALARIAL
         MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN   NO
         DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
         DE GÉNERO
         ACOSO SEXUAL Y         Prevención del acoso sexual y acoso por razón de sexo. Contemplada como una medida dentro del Plan de
         POR RAZÓN DE SEXO      Igualdad.
         (Sanciones / Medidas / Protocolo)
         REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
         REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA  Sí. Será de aplicación el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de Septiembre, de trabajo a distancia.
         REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL  NO
         REGULA LA LOPD         Sí. En la empresa o empresas deberán articularse los medios necesarios para el adecuado ejercicio y respecto
                                de los derechos establecidos en los artículos 87 a 91 de la LOPD y en la normativa que la desarrolla o sustituya.
         OBSERVACIONES          Recoge Medidas de prevención contra la covid-19. Artículo 41bis
                                Se incorporarán medidas que favorezcan la integración laboral y adaptación a su situación personal de las per-
                                sonas migrantes (idioma, lejanía del domicilio); garantizando el trato igualitario a personas LGTBI y medidas
                                que favorezcan la integración con personas con diferentes capacidades.
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