Page 239 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.6.- Sector de galletas



        4.-CONVENIO COLECTIVO DE FABRICANTES DE GALLETAS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA.
         CÓDIGO CONVENIO        50000575011982

         VIGENCIA               2017-2020
         DENUNCIA DEL CONVENIO  A los efectos de su denuncia, el plazo de preaviso habrá de hacerse con una antelación mínima de un mes
                                respecto de la fecha de terminación de su vigencia, presentado el acuerdo adoptado ante el organismo que
                                en ese momento sea competente.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  80
         MUJERES                20
         HOMBRES                60
         JORNADA                1.784 horas anuales
         VACACIONES             30 días naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2019
         INCREMENTO SALARIAL    1,25%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficios
         SALARIO ANUAL          Peón: 12.566,37   Oficial 1ª: 13.011,99
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      Con independencia de la prestación económica que con cargo a la Seguridad Social perciba el trabajador
                                en situación de baja por accidente de trabajo, la empresa abonará un complemento equivalente a la
                                cuantía necesaria para que, sumando aquella, alcance la totalidad del salario que percibía en el momento
                                de accidentarse.
                                El abono de este complemento tendrá una duración máxima de dieciocho meses y empezará a devengar-  239
                                se una vez transcurridos quince días de producirse el accidente de trabajo, salvo si requiere hospitaliza-
                                ción y por el tiempo que esta dure, en que se percibirá desde el primer día. Para el personal de campaña,
                                eventual o interino, este derecho finalizará en el momento en que hubiera terminado normalmente el
                                contrato.
                                La empresa podrá comprobar en todo momento, por medio de facultativo, la realidad de la lesión.
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    NO
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       UGT Y ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE FABRICANTES DE GALLETAS DE ZARAGOZA
         VARIOS / OBSERVACIONES
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