Page 237 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.6.- Sector de galletas
2.-CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE FABRICANTES DE GALLETAS Y BIZCOCHOS DE BURGOS.
CÓDIGO CONVENIO 09000305011981
VIGENCIA 2007-2009
DENUNCIA DEL CONVENIO El convenio se entenderá denunciado automáticamente a la fecha de su vencimiento.
NÚMERO DE TRABAJADORES 0
MUJERES 0
HOMBRES 0
JORNADA 40 horas semanales
VACACIONES 31 días naturales
EJERCICIO ECONÓMICO 2009
INCREMENTO SALARIAL Sin datos
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas extras. 2 pagas extraordinarias y 1 de beneficios, de una mensualidad de salario base
+ antigüedad cada una de ellas.
SALARIO ANUAL Peón: 11.298,84 Oficial 1ª: 12.001,32
CLÁUSULA DE REVISIÓN Sin datos.
COMPLEMENTO DE IT Las condiciones para el abono para el complemento en caso de I.L.T. por accidente, fijadas en el artículo
34 de la ordenanza laboral para las industrias de alimentación –O.M. de 8 de julio de 1976–, aplicable
al presente convenio, se mejoran en el sentido de ampliar la cobertura del complemento para alcanzar
la totalidad del salario que percibía el trabajador en el momento de accidentarse, devengándose a partir
del primer día, en vez del mes previsto en la ordenanza, y permaneciendo inalterado el resto del artículo
de la citada ordenanza.
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CLÁUSULA DE
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO NO
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
DERECHOS DIGITALES Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
PARTES FIRMANTES COMPAÑIAS MERCANTILES JESÚS ANGULO S.L; LA FLOR BURGALESA; UGT y CC.OO
VARIOS / OBSERVACIONES Convenio con vigencia hasta 2009. Sin actualización salarial