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4.3.7.- Sector de panaderías
43.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE LAS INDUSTRIAS DE PANADERÍAS DE LA PROVINCIA DE LÉRIDA.
(Convenio prorrogado hasta 2016, sin actualización salarial)
VIGENCIA 2012-2014. Prorrogado hasta 2016
CÓDIGO CONVENIO 25000225011995
DENUNCIA DEL CONVENIO A la finalización del Convenio colectivo y mientras no se negocie uno nuevo quedarán vigentes con el
mismo contenido que el convenio anterior, tanto las cláusulas normativas como las obligaciones.
NÚMERO DE TRABAJADORES 900
HOMBRES 545
MUJERES 355
JORNADA 1.806 horas anuales
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de S.B.+Ant.
SALARIO ANUAL Peón: 10.037,30 Oficial 1ª: 12.621,70
INCREMENTO SALARIAL Sin datos.
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. En el caso de accidente laboral, las empresas complementarán hasta el cien por cien de su salario a partir
del décimo día de la baja y hasta un máximo de tres meses.
CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
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COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO Hace referencia a la Ley
PARTES FIRMANTES GREMIO PROVINCIAL DE PANADERÍA UGT y CC.OO