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4.3.7.- Sector de panaderías



        43.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE LAS INDUSTRIAS DE PANADERÍAS DE LA PROVINCIA DE LÉRIDA.
        (Convenio prorrogado hasta 2016, sin actualización salarial)

         VIGENCIA               2012-2014. Prorrogado hasta 2016
         CÓDIGO CONVENIO        25000225011995
         DENUNCIA DEL CONVENIO  A la finalización del Convenio colectivo y mientras no se negocie uno nuevo quedarán vigentes con el
                                mismo contenido que el convenio anterior, tanto las cláusulas normativas como las obligaciones.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  900
         HOMBRES                545
         MUJERES                355
         JORNADA                1.806 horas anuales

         VACACIONES             30 días naturales
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de S.B.+Ant.
         SALARIO ANUAL          Peón: 10.037,30   Oficial 1ª: 12.621,70
         INCREMENTO SALARIAL    Sin datos.
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE I.T.    En el caso de accidente laboral, las empresas complementarán hasta el cien por cien de su salario a partir
                                del décimo día de la baja y hasta un máximo de tres meses.
         CLÁUSULA DE            NO
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
                                                                                                               283
         COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según LPRL
         CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
         CLÁUSULAS DE IGUALDAD  NO

         VIOLENCIA DE GÉNERO    Hace referencia a la Ley
         PARTES FIRMANTES       GREMIO PROVINCIAL DE PANADERÍA UGT y CC.OO
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