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4.3.3.- Sector de bebidas refrescantes
3.-CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE BEBIDAS REFRESCANTES DE PONTEVEDRA.
(Sin actualización salarial desde 2015)
VIGENCIA 2009-2015
CÓDIGO CONVENIO 36000165011981
DENUNCIA DEL CONVENIO El Convenio Colectivo se considerará automáticamente prolongado una vez finalizada su vigencia.
NÚMERO DE TRABAJADORES 900
HOMBRES 650
MUJERES 250
JORNADA 1.790 horas anuales.
VACACIONES 30 días naturales
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de 30 días de S.B.+Ant.
SALARIO ANUAL Peón: 15.733,9 Oficial 1ª: 19.592,30
INCREMENTO SALARIAL 1,5%
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. Las empresas tendrán que pagar la compensación adicional al 100% de su salario base de la clasificación
un máximo de 18 meses
CLÁUSULA DE Sí
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
174 COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO
PARTES FIRMANTES AGRUPACIÓN PROVINCIAL DE GASEOSAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS DE PONTEVEDRA, UGT, CC.OO.