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4.3.3.- Sector de bebidas refrescantes



               3.-CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE BEBIDAS REFRESCANTES DE PONTEVEDRA.
               (Sin actualización salarial desde 2015)

                VIGENCIA               2009-2015
                CÓDIGO CONVENIO        36000165011981
                DENUNCIA DEL CONVENIO  El Convenio Colectivo se considerará automáticamente prolongado una vez finalizada su vigencia.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  900
                HOMBRES                650
                MUJERES                250
                JORNADA                1.790 horas anuales.
                VACACIONES             30 días naturales
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de 30 días de S.B.+Ant.

                SALARIO ANUAL          Peón: 15.733,9   Oficial 1ª: 19.592,30
                INCREMENTO SALARIAL    1,5%
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE I.T.    Las empresas tendrán que pagar la compensación adicional al 100% de su salario base de la clasificación
                                       un máximo de 18 meses
                CLÁUSULA DE            Sí
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
                COMISIÓN DE FORMACIÓN  NO
      174       COMITÉ DE SALUD LABORAL  Según LPRL
                CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE  NO
                CLÁUSULAS DE IGUALDAD  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO
                PARTES FIRMANTES       AGRUPACIÓN PROVINCIAL DE GASEOSAS Y BEBIDAS ALCOHOLICAS DE PONTEVEDRA, UGT, CC.OO.
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