Page 17 - Las marcas de distribución en los sectores Cárnico, Panadería, Lácteas y Procesado de Pescado
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Metodología





                        A tenor del texto, se prevé la posibilidad de realizar contratos de duración determinada
                        para llevar a cabo trabajos ligados a la implantación/adecuación tecnológica que
                        requiere el proceso de transformación tecnológica de la digitalización.

                        “El Plan de Formación se orientará hacia los siguientes objetivos: adaptación del
                        trabajador/a a los puestos de trabajo y a las posibles modificaciones de los mismos,
                        Posibles reconversiones profesionales,…”


                        A través de está clausula se contemplan medidas encuadras en un Plan formativa,
                        como elemento para afrontar las posibles reconversiones profesionales que pueden
                        generarse como consecuencia de las transformaciones tecnológicas.

                        “Se considera, formación obligatoria, aquella que se deriva, según criterio de la
                        Dirección, de la adaptación al puesto de trabajo por cambios tecnológicos del
                        proceso productivo, o por acciones destinadas a la mejora de la seguridad y evitación
                        de riesgos en el trabajo. Esta formación deberá impartirse dentro del horario laboral.
                        Cuando no fuera posible, con el plus de formación que será de carácter único para
                        todo el personal, siendo su cuantía de 17,53 Euros por hora de formación”.


                        Además este tipo de formación, se considera  formación obligatoria y por tanto,
                        tiempo efectivo de trabajo que se deberá impartir dentro del horario laboral cuando
                        sea posible o retribuir en la forma que se indica, de esta forma al categorizarse como
                        formación obligatoria, surge un elemento de igualdad de oportunidades en la empresa
                        al producirse el hecho de facilitar la asistencia a este tipo de formación a todos los
                        trabajadores y trabajadoras, de forma que se eliminan los elementos de desigualdad
                        que si se pueden producir cuando la formación se produce fuera del horario laboral al
                        existir situaciones diversas entre los trabajadores respecto a su vida personal y familiar.


                        “Cuando la empresa y los representantes del personal declaren la modificación
                        profesional originada por motivos tecnológicos, de organización o de producción y
                        autorizada por la Autoridad Laboral o por la legislación vigente, el personal afectado
                        tendrá la obligación de asistir a los cursos que con este fin se convoquen, siempre que
                        sean dentro del horario laboral”.

                        Está cláusula viene a acentuar la importancia y los efectos que se desprenden de la
                        realización de las modificaciones profesionales originada  por motivos tecnológicos.
                        Siendo la incapacidad sobrevenida motivo de despido de conformidad con nuestras





























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