Page 174 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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PROTECCIÓN SOCIAL Y MEJORAS SOCIALES
Anexo 18.2.
En el caso de intervención quirúrgica seguida de hospitalización, derivada
de enfermedad común o accidente no laboral, las empresas abonarán a
los trabajadores que acrediten tal situación la cantidad de 11,237 euros
Complemento IT EC para 2020 por cada día de hospitalización y mientras dure esta dentro de
los límites de la duración de la incapacidad transitoria Las empresas que
tengan cualquier sistema por el que complementen las prestaciones de
incapacidad transitoria por causa de enfermedad común o accidente no
laboral no abonarán este complemento
Anexo 18.
En caso de I.T. derivada de accidente de trabajo las empresas abonarán el
complemento necesario para que juntamente con la prestación económica
Complemento IT AT EP
Hospitalización de la Seguridad Social, Mutua patronal o empresa autoaseguradora, el
trabajador perciba hasta el 100 por cien de su base reguladora deducida
la prorrata de pagas extraordinarias y las horas extraordinarias, si estas se
hubiesen tenido en cuenta para la conformación de dicha base
Anexo 11.
Las empresas, que no tuvieran cubierta las contingencias que se indican,
Seguro Colectivo contratarán una póliza colectiva para cubrir las contingencias de
incapacidad permanente absoluta, gran invalidez y muerte por causa de
accidente de trabajo y por importe de 24.500 €.
Prestaciones y Ayudas familiares
Préstamos y ayudas vivienda
Premios de Permanencia o
Vinculación
Anexo 11.
Las empresas, que no tuvieran cubierta las contingencias que se indican,
Incapacidad Permanente contratarán una póliza colectiva para cubrir las contingencias de
incapacidad permanente absoluta, gran invalidez y muerte por causa de
accidente de trabajo y por importe de 24.500 €.
Jubilación y premio de
jubilación
Planes de pensiones y previsión
social
Anexo 4.2.
a) Para quienes no trabajen en régimen de incentivación y para quienes lo
hagan a tarea o destajo o reciban algún tipo de retribución complementaria
a la establecida en este Convenio, por cada día de vacaciones percibirán
Otras mejoras sociales el salario base fi jado por el Convenio para su categoría, la antigüedad
personal consolidada y 8,325 euros por día natural en concepto de
complemento o bolsa de vacaciones. Este complemento o bolsa de
vacaciones ascenderá a la cantidad de 11,357 euros si las vacaciones se
disfrutan por el módulo de 22 días laborables
INDUSTRIA 4.0
Teletrabajo
Derecho a desconexión digital
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