Page 519 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación                                                                                                                                                                    Resultados de la investigación





                        Obligatoriedad de negociar Planes de Igualdad


                        El 63% de los convenios analizados del sector de Fabricación de Aguas no recoge la
                        obligatoriedad de negociar Planes de Igualdad, ni siquiera menciona este tipo de planes





                                                         Planes de igualdad

                                                                                  Se regula
                                                                                  37%

                                  No se regula
                                  63%













                        En el grupo de convenios que regulan la obligatoriedad de negociar Planes de igualdad,
                        el 67% se aplica en empresas fabricantes de MDD, mientras que el 33% son empresas
                        MDF.

                        El  Convenio  Colectivo  de    Industrias  de  aguas  de  bebidas  envasadas  es  uno  de  los
                        convenios que hace mención a los Planes de Igualdad. (Art. 40) “Las empresas que estén
                        obligadas  a  ello  conforme  a  la  ley  citada  en  el  párrafo  anterior  deberán  elaborar  un
                        plan de igualdad. En el plan, tras haberse hecho el oportuno estudio en la empresa,
                        se recomienda que se fijen los objetivos a alcanzar, estrategias para su consecución, y
                        sistemas de seguimiento y evaluación”.

                        En  los  convenios  de  empresa  analizados,  volvemos  a  destacar  el  desarrollo  en  este
                        punto en el Convenio Colectivo de Bebidas Naturales que dedica su Artículo 31 a Planes
                        de  Igualdad  “El  objetivo  principal  de  este  Plan  es  superar  el  planteamiento  basado
                        exclusivamente en la prohibición de discriminar para adoptar una perspectiva más amplia
                        que abarca la obligación de impedir la discriminación y promover la igualdad efectiva.
                        2. A partir de la definición legal del plan de igualdad como conjunto ordenado de medidas
                        adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la
                        empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, las medidas a
                        considerar para su valoración en la negociación del plan de igualdad en la empresa (…)”.

                        Mientras que el Convenio Colectivo de Aguas de Solán de Cabras, lo hace refiriéndose,
                        de nuevo, al Plan de Igualdad de la empresa (Art. 31)


                        El 40% las empresas analizadas del sector de Fabricación de Aguas envasadas cuenta con
                        un Plan de Igualdad registrado o localizable. De estas empresas, el 75% se relaciona con
                        la fabricación de productos para MDF,  mientras que suponen el 50% de las empresas en
                        el Ranking.











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