Page 173 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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FICHA RESUMEN IGUALDAD
Convenio Colectivo Panrico Donuts Canarias SLU
Empresa: BIMBO DONUTS IBERIA, S.A.U.
Cualquier trabajador/a del centro de trabajo tendrá una igualdad de oportunidad
para poder presentarse a la cobertura de los puestos de trabajo vacantes que puedan
Regula el principio de existir en el centro de trabajo, con independencia del sexo u orientación sexual,
igualdad entre mujeres y Art. 11 origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad o relación de
hombres parentesco con otros trabajadores/as del centro de trabajo; y sin perjuicio de respetar
en todo caso lo establecido en la normativa vigente sobre la capacidad laboral para
poder desempeñar adecuadamente el puesto de trabajo a ocupar.
Este convenio colectivo tiene un ámbito de aplicación inferior a los 60 trabajadores
Menciona la por lo que se establecerá un Plan de Igualdad dentro del plazo previsto legalmente;
obligatoriedad de Art. 11 no obstante las partes se comprometen durante este periodo intermedio a aplicar
negociar Planes de medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y
Igualdad hombres en el ámbito laboral, conforme a la regulación contenida en la Ley Orgánica
para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Se crea una Comisión de Igualdad, de composición paritaria, formada por los
firmantes del convenio colectivo, de 2 representantes sindicales (elegidos en función
de su representatividad sindical en la empresa) y 2 representantes de la dirección, que
desarrollará los contenidos de la Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres,
elaborando el correspondiente plan de igualdad y los pertinentes protocolos de
actuación que sean necesarios en su desarrollo, según la previsión del artículo 17,5
del Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres. Dicha comisión aprovechará la actividad
realizada en años anteriores en las distintas reuniones celebradas. Dicha comisión
procederá a adaptar a nivel de empresa los distintos planes de igualdad y protocolos
que existan a nivel sectorial. La Comisión de Igualdad procederá a establecer
Comisión de Igualdad Art. 12 en el centro de trabajo al que le es de aplicación el presente convenio colectivo
procedimientos específicos para la prevención y denuncia de acoso sexual y el acoso
por razón del sexo en el trabajo, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 48
de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y
hombres.
Las propuestas elaboradas por esta comisión serán presentadas a la comisión
negociadora del convenio para su aprobación o rechazo. En el caso que las
propuestas realizadas por la comisión de igualdad sean aprobadas por la comisión
negociadora del convenio, los planes de igualdad y los protocolos que se aprueben
se incorporarán al texto del convenio colectivo, como Anexos. (Protocolos de
Igualdad, contra el acoso laboral según políticas generales de Grupo Bimbo, acoso
sexual y/o de género)
Medidas dirigidas a
promover la igualdad de No
trato y de oportunidades
entre hombres y mujeres
Contratación
Formación
Promoción
Adaptación de jornada
Regula el principio de No
Igualdad Salarial
Acoso sexual y por razón PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE ACOSO SEXUAL, ACOSO POR
de sexo Anexo IV RAZÓN DE SEXO Y ACOSO POR RAZÓN DE ORIENTACIÓN SEXUAL.
FALTAS MUY GRAVES 15. Cualquier conducta que sea considerara acoso sexual o
Faltas muy graves Art. 58
acoso moral.
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