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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                           Las organizaciones que suscriban este acuerdo se
                                                           comprometen a desarrollar las acciones y medidas
                                                           en materia  de salud laboral que sean necesarias
                                                           para lograr unas condiciones de trabajo donde la
                                                           salud del trabajador no se vea afectada por las
                                                           mismas.
                                                           La obligada aplicación de la legislación  vigente
                                                           debe superarse en las lagunas y desfases que pueda
                                                           presentar ante los nuevos sistemas de trabajo y los
                                                           riesgos profesionales que de ellos se deriven.

                                                           Los planteamientos  de estas acciones  y medidas
                                                           deberán estar encaminados a lograr una mejora de
                                                           la calidad de vida y medio ambiente de trabajo,
                                                           desarrollando objetivos de promoción y defensa de
                                                           la salud,  mejoramiento  de las  condiciones de
                                                           trabajo, potenciación de las técnicas preventivas
                                                           como medio para la eliminación de los riesgos en
                                                           su origen y control y participación sindical en los
                                                           centros de trabajo.
                                                           B)  Plan de Prevención.

                                                           Se recaba de la Administración la confección de un
                                                           Plan de Prevención en materia de salud y seguridad.

                                                           Este plan recogerá:
                                                                 a)  Mapa de riesgos para el sector.

                                                                 b)  Programas de actuación.
                                                                 c)  Técnicas de prevención.
                                                                 d)  Normas de actuación preventiva para
                                                                 cada punto de trabajo.

                                                                 e)  Estudio epidemiológico.
                                                           Al efecto, la representación empresarial prestará la
                                                           colaboración necesaria.
                                                           C)  Información.
                                                           El empresario estará obligado a dar a conocer a los
                                                           trabajadores, sus representantes legales  y/o
                                                           organizaciones sindicales implantadas  en su
                                                           ámbito, completa información sobre los riesgos a
                                                           los  que  el  trabajador  está  expuesto  y  las
                                                           características de seguridad de que está dotada la
                                                           maquinaria, útiles y locales donde se trabaja.

                                                           D)  Prevención colectiva.
                                                           Todo centro de trabajo establecerá, un programa
                                                           de protección colectiva que recoja
                                                           aspectos tales como:



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