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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario


                                                             velar  por  su  seguridad  y  salud,  así  como  por  las
                                                             demás

                                                             afectadas a causa de  sus actos  u omisiones de
                                                             trabajo conforme a la  formación  e instrucciones
                                                             que reciba de la empresa y para ello:

                                                             1.   Utilizará  correctamente     las   máquinas,
                                                             herramientas, instalaciones, sustancias peligrosas.

                                                             2. Utilizará correctamente el equipo de protección
                                                             individual.

                                                             3. No anulará ni manipulará los  dispositivos de
                                                             seguridad.

                                                             4. Comunicará inmediata  y fehacientemente
                                                             cualquier anomalía o situación laboral que entrañe
                                                             riesgo grave o inminente para su salud.
                                                             5. Conservará en buen estado los medios y
                                                             protecciones personales de que dispone  para
                                                             utilizarlos cuando  sea  necesario. Los locales
                                                             reunirán las condiciones sanitarias y de medio
                                                             ambiente adecuado  disponiendo de medios para
                                                             mantenerlos limpios y en estado higiénico, siendo
                                                             obligación de la plantilla respetar las normas que a
                                                             tal  efecto  dicte la  dirección  de  la  empresa.  Las
                                                             Empresas atenderán en la medida de lo posible las
                                                             sugerencias que como propuesta de  mejora le
                                                             presente el Comité de Seguridad y Salud Laboral o
                                                             Delegados de Prevención en su caso, con respecto
                                                             a los servicios que prestan las Mutuas y los Servicios
                                                             de Prevención.
                                                             Las empresas en las que tengan como actividad el
                                                             submarinismo se comprometen al cumplimiento
                                                             de la normativa RD 550/2020, de 2 de junio, en el
                                                             que se determinan las condiciones de seguridad de
                                                             las actividades de buceo. Y se comprometen a la
                                                             mejora de la seguridad en el buceo.
                                                             Cláusula adicional cuarta  -  Comisión de Salud
                                                             Laboral: Implantación y desarrollo de la Comisión
                                                             de Salud Laboral. Se constituye una Comisión de
                                                             Salud Laboral del Convenio que estará formada por
                                                             el mismo  número de miembros y en idéntica
                                                             proporción que la Comisión Paritaria y se reunirá en
                                                             las mismas fechas e iguales condiciones que está.
                                                             La Comisión de Salud Laboral del Convenio tendrá
                                                             por misión la integración de la prevención de
                                                             riesgos laborales en los procesos técnicos y en la
                                                             organización  del  trabajo  en  todos sus  niveles,
                                                             conforme al principio de Seguridad Integrada, así
                                                             como la adopción de la acción preventiva y  su


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