Page 59 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario
Por lo que respecta al año 2022, la principal característica de situación de nuestra economía ha sido
las múltiples perturbaciones que la han azotado, en el plano político y socioeconómico.
La Economía española comenzó el año bajo el signo de la reconstrucción tras la paralización y la
posterior reactivación sufridas a raíz de la pandemia. No obstante, la invasión rusa de Ucrania y la
guerra que ya se prolonga más de un año, han venido a introducir nuevas turbulencias que se han
traducido sobre todo en el encarecimiento de los productos energéticos, impidiendo una
recuperación más vigorosa.
Este encarecimiento de precios de productos energéticos ha acabado por transmitirse al resto de los
productos de la cesta de la compra, retroalimentando la inflación, con el consiguiente perjuicio para
la clase trabajadora, que ha visto empeorar su calidad de vida al no incrementarse los salarios en la
misma proporción que el coste de la vida.
Pese a la moderación de precios que comenzó en septiembre e hizo que la tasa de IPC a diciembre
de 2022 se situara en un 5,7%.
El sector Agroalimentario ha sido un ejemplo claro de la importancia descrita, ya que hasta en 9
convenios, en el año 2022, han operado la cláusula de revisión salarial, actualizando los incrementos
pactados en inicio al dato del IPC 2022.
Pasamos a explicar, a continuación, cada uno de los convenios afectados y su cláusula.
6.1.1. Buenas prácticas en materia de Cláusulas de Revisión Salarial
CONVENIO COLECTIVO DE ACUICULTURA MARINA
• Buena Práctica: Cláusula de revisión salarial
Artículo 20. Salario convenio:
Para el año 2022 se acuerda una subida salarial del 1.30% de la cual se adjunta tabla. En el caso que el
IPC real de 2022 tenga un incremento superior al 1,30% se establece una Cláusula de Revisión Salarial
en igual cuantía que será llevado a tablas y pagándose los atrasos correspondientes a ese año 2022.
Los citados incrementos salariales serán de aplicación a todos los concentos salariales y no salariales
del Convenio Colectivo. Una vez aplicada esta Cláusula de Revisión Salarial en el año 2022, la tabla
definitiva de ese año servirá de base de partida para los incrementos de los posteriores años de
vigencia. Los atrasos motivados por la negociación o aplicación de la Cláusula de Revisión Salarial, del
presente convenio, podrán ser abonados tras la publicación del mismo en el BOE y prorrateados en
los tres meses siguientes.
* Explicación: En el caso de este convenio se pactó en inicio un incremento salarial del 1,30%. La
cláusula de revisión salarial establece que “En el caso que el IPC real de 2022 tenga un incremento
superior al 1,30% se establece una Cláusula de Revisión Salarial en igual cuantía que será llevado a
tablas y pagándose los atrasos correspondientes a ese año 2022”.
Al ser el dato de IPC interanual a Diciembre de 2022 del 5,7% los salarios de 2022 se actualizan con un
incremento total del 5,7%, añadiendo un 4,4% al incremento inicialmente aplicado (1,3%). Es importante
reseñar que la cláusula de revisión en este caso tiene un efecto pleno y retroactivo, actualizándose las
tablas y abonándose los atrasos correspondientes, sobre todos los conceptos del Convenio, tanto
salariales como no salariales. Además, la cláusula tiene efectos para el cálculo de los salarios a aplicar
en 2023.
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