Page 290 - Proyecto buenas prácticas Sector Agroalimentario
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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario







            BUENAS PRÁCTICAS EN EL SECTOR



                                 AGROALIMENTARIO




                                                           NOMBRE DEL CONVENIO


                                                           CONVENIO COLECTIVO REGIONAL DE
                       DATOS                               FABRICANTES DE SIDRA DE ASTURIAS
                                                           SECTOR
                  GENERALES                                INDUSTRIAS VINÍCOLAS



                                                           ÁMBITO TERRITORIAL

                                                           COMUNIDAD AUTÓNOMA


                                                                 EJERCICIO ECONÓMICO 2022

             POLÍTICA SALARIAL                                        Incremento salarial
                                                                      Salario anual
                                                                      Diferencia con el SMI 2022
                                                                      Cláusula de revisión salarial

                  169.  INCREMENTO SALARIAL                                     2,50%

                                                                        PEÓN                 OFICIAL 1ª
                  170.  SALARIO ANUAL
                                                                     13.301,20 €             13.945, 75 €


                                                                        PEÓN                 OFICIAL 1ª
                  171.  DIFERENCIA CON EL SMI
                                                                      -968,80 €                -54,25€

                                                                 Artículo 36 — Cláusula de revisión salarial:
                                                                 Las tablas salariales así como los conceptos
                                                                 retributivos, serán  objeto  de revisión al final
                                                                 del  período  de vigencia  del  presente
                                                                 Convenio. Si la suma de los IPC desde el 1 de
                  172.  CLÁUSULA DE REVISIÓN                     enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de
                     SALARIAL                                    2024 supera el 7,5% (suma de lo pactado
                                                                 estos 3 años), la diferencia será abonada por
                                                                 la empresa, hasta un tope del 9,25%. La
                                                                 revisión salarial, si procede, se abonará en una
                                                                 sola paga a abonar en el primer trimestre del
                                                                 año 2025.


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