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Buenas prácticas en el sector Agroalimentario




                SALUD LABORAL Y                                       Cláusulas reseñables sobre salud y
                                                                       seguridad laboral
                                                                       (comités y delegados)
                MEDIO AMBIENTE                                        Cláusulas de Medio Ambiente




                   43. CLÁUSULAS            RESEÑABLES       Artículo 22 - Seguridad y Salud en el Trabajo:
                       SOBRE SALUD LABORAL                   En cuanto a las normas de seguridad y salud en el
                       (COMITÉS Y DELEGADOS)                 trabajo, las empresas y el personal contratado se
                                                             atendrán a lo dispuesto en la legislación vigente. No
                                                             obstante, las partes firmantes se  comprometen a
                                                             elaborar planes conjuntos que mejoren las
                                                             condiciones de trabajo en el sector, relativas a la
                                                             seguridad y salud en el trabajo. En este sentido, de
                                                             acuerdo con lo dispuesto en el art. 31 de este
                                                             convenio,  relativo a  la formación, las partes
                                                             acuerdan establecer y elaborar, para su aprobación
                                                             por la Administración competente, un sistema de
                                                             acreditación de la vigilancia de la salud de los
                                                             trabajadores y trabajadoras y  de reconocimiento
                                                             del uso de los nuevos elementos productivos.
                                                             Asimismo, las partes firmantes, en su compromiso
                                                             por reducir la siniestralidad laboral en el sector
                                                             agrario en la provincia de Jaén, se comprometen a
                                                             sensibilizar a sus respectivos afiliados, difundiendo
                                                             las obligaciones de empleadores y trabajadores y
                                                             trabajadoras en materia de prevención, previstas en
                                                             la Ley 31/95 y en la legislación vigente en cada
                                                             momento. Se creará una Comisión entre las partes
                                                             para el seguimiento de la siniestralidad laboral en la
                                                             provincia  que  se  reunirá,  al  menos,  dos  veces  al
                                                             año. Las empresas vendrán obligadas a facilitar al
                                                             personal fijo dos prendas de trabajo al año y para el
                                                             fijo discontinuo con al menos 150 días de jornadas
                                                             efectivamente trabajadas, una prenda de trabajo.
                                                             Igualmente, la empresa proveerá a los trabajadores
                                                             y trabajadoras de las herramientas necesarias de
                                                             trabajo.

                   44. CLÁUSULAS          DE       MEDIO Artículo 32 - Medio Ambiente:
                       AMBIENTE                              Se creará una comisión encargada de velar por el

                                                             medio ambiente integrada por las partes firmantes
                                                             del  presente  Convenio  Colectivo  y con  las
                                                             Delegaciones provinciales de  los organismos
                                                             competentes.  Los  dos  miembros  designados  al
                                                             efecto  de  cada  representación  (Sindicatos,
                                                             Empresarios y Administración), velarán  para
                                                             combatir la contaminación, el empobrecimiento de



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