Page 280 - Negociación Colectiva 2017 en el sector agroalimentario español
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4.3.8.- Sector de frutos secos
3.- CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO SECTORIAL PARA LA ACTIVIDAD DE FRUTOS SECOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.
VIGENCIA 2001
DENUNCIA DEL CONVENIO Hasta tanto no se llegue a un acuerdo expreso, este mantendrá en vigencia todas sus cláusulas.
JORNADA 1.800 horas anuales
VACACIONES 25 días laborables
PAGAS EXTRAORDINARIAS 3 pagas de una mensualidad de salario base más antigüedad, cada una de ellas
INCREMENTO SALARIAL NO CONTEMPLA
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL SI para 2001
CLÁUSULA DE ABSORCIÓN Y NO
COMPENSACIÓN
EUROS AÑO 8.968,81
COMPLEMENTO DE I.T. Todo el personal afectado por este Convenio, recibirá de su empresa la diferencia salarial que existe entre
lo que percibe de la entidad gestora o colaboradora en la gestión y su salario real, en caso de interven-
ción quirúrgica y hospitalización, desde el primer día de la baja hasta un máximo de 12 meses. Para los
casos de baja de incapacidad transitoria, enfermedad común o profesional, se abonará a los trabajadores
en esta situación y a partir del día 20 de la baja, una indemnización de 448 pesetas diarias para 2001,
durante un plazo máximo de tres meses.
SEGURO COLECTIVO En el caso de muerte o invalidez permanente sobrevenida por accidente de trabajo, las empresas abo-
narán a los derechohabientes o a éste, la cantidad de 3.367.523 pesetas para 2001, sin que esta indem-
nización sea óbice para la percepción del subsidio correspondiente. La empresa entregará una copia de
la póliza correspondiente o certificación expedida en forma legal por la compañía de seguros a cada uno
de los trabajadores.
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CLÁUSULA DE NO
ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES Asociación de empresarios de frutos secos y CCOO