Page 130 - LAS MARCAS DE DISTRIBUCIÓNEN LOS SECTORES DEL MANIPULADO HORTOFRUTÍCOLA, BEBIDAS REFRESCANTES Y CERVEZAS, INDUSTRIAS CÁRNICAS Y VITIVINÍCOLA
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IGUALDAD EN MAHOU- SAN MIGUEL (CC. CERVEZAS REINA 2000, S.L.)
                                                   TENERIFE. CANDELARIA
               Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar

                                                             ANEXO I DEL CONVENIO COLECTIVO ACUERDOS EN
                                                             MATERIA DE IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES Y
                                                             PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL Y SEXUAL:
                                                             2.- PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL Y SEXUAL Ambas partes
                                                             ratifican el Procedimiento de Prevención de Acoso Laboral y
                                                             Sexual vigente en la empresa,
                                                             Código de conducta para la prevención del acoso
                                                             A) Ámbito personal.
                                                             B) Definiciones
                                                             C) Decálogo de prevención del acoso
                                                             D) Procedimiento para la resolución de conflictos. El
                                                             procedimiento se pondrá en marcha por medio de denuncia
                                                             por escrito, indicando que considera haber sido objeto de las
                                                             situaciones descritas en el presente documento o que tiene
                                                             conocimiento de que otra persona ha sido sometida a tales
                                                             situaciones. En dicha denuncia debe constar la identificación
                                                             del presunto acosador, del presunto acosado, y una descripción
                                                             detallada de los hechos que dan lugar a la denuncia lo más
                                                             precisa posible, así como de los posibles testigos. Recibida la
                                                             denuncia el responsable de Recursos Humanos lo pondrá en
                                                             conocimiento del Director de Recursos Humanos y se procederá
               Establece medidas para prevenir el acoso sexual    a la constitución de un Comisión Informativa formada por el
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               y por razón de sexo                           propio Director de Recursos Humanos, el Director de Relaciones
                                                             Laborales y la Jefa de Prevención, quienes podrán delegar sus
                                                             funciones en personas ajenas al servicio al que pertenezca el
                                                             denunciante o denunciado.
                                                             La Comisión Informativa incoará un expediente informativo,
                                                             encaminado a averiguar los hechos y que no durará más de 3
                                                             días laborables contados a partir del siguiente a la recepción del
                                                             escrito.
                                                             Según la gravedad de los hechos denunciados, o la categoría
                                                             del acosador dentro del escalafón de la compañía, la Comisión
                                                             Informativa decidirá su constitución en Comisión Instructora
                                                             (hechos poco graves) o nombrará a un instructor externo (jurista
                                                             de reconocido prestigio y con conocimiento del Grupo MSM).
                                                             Durante la instrucción se dará trámite de audiencia a todos los
                                                             intervinientes, testigos, a los representantes de los trabajadores/
                                                             as (salvo que la persona afectada solicite expresamente su no
                                                             intervención por razones de confidencialidad) practicándose
                                                             cuantas diligencias se estimen necesarias.
                                                             Protocolo muy desarrollado, denuncia por escrito y con plazos
                                                             de resolución.  Cuenta con la participación de la RLT, pero no
                                                             recoge  medidas preventivas del acoso sexual y por razón de
                                                             sexo.

                                                             7.2.- Licencias.- Será de aplicación la legislación que en cada
                                                             momento se encuentre vigente (...) víctimas de violencia de
                                                             género.
                                                             f) La trabajadora víctima de violencia de género tendrá derecho,
                                                             para hacer efectiva su protección o su derecho a la asistencia
                                                             social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con
                                                             disminución proporcional del salario o a la reordenación del
               Regula medidas para la protección de víctimas de
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               violencia de género
                                                             aplicación del horario flexible o de otras formas de ordenación
                                                             del tiempo de trabajo que se utilicen en la empresa, conforme
                                                             al acuerdo entre la empresa y la trabajadora afectada. En su
                                                             defecto, la concreción de estos derechos corresponderá a la
                                                             trabajadora dentro de su jornada ordinaria, debiendo preavisar
                                                             a la empresa con quince días de antelación la fecha en que se
                                                             reincorporará a su jornada ordinaria.
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad
          6    de trato y de oportunidad independientemente de   NO
               nacionalidad, edad, religión, etc…?





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