Page 255 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa:  DEOLEO, S.A. GRUPO                                                Ranking  23
                       Marca Blanca  SI
                            Grupo  DEOLEO, S.A. GRUPO
                 Empresa o Convenio  DEOLEO S.A.
                            Sector Multiproducto
                    Código Convenio  14100061012014
                   Centro de trabajo  ALCOLEA (CORDOBA)
                           Vigencia  2014-2017
                                   Transcurridos dos años desde la denuncia del presente Convenio Colectivo, sin que se haya
                                   acordado uno nuevo o dictado laudo convenio arbitral, éste perderá su vigencia, aplicándose
             Cláusula de ultraactividad
                                   entonces el colectivo de ámbito superior, en este caso, el Convenio Colectivo de las Industrias del
                                   Aceite y sus derivados de la provincia de Córdoba.
                 Jornada Anual h/año  1.752 h/año
           Jornada Semanal h/semana  No contempla
           Trabajador Fijo:  Peón €/año 14.136,56
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/  15.258,67
                               año
                         Vacaciones  23 días laborables
                          Nº Pagas  3+ beneficios
                                   20 días Salario Base, Antigüedad, Beneficios, Ad personan, más 43,23 euros, por cada una de
                      Importe Pagas
                     extraordinarias  ellas Beneficios: 60,77 euros mensuales, o de 2,02 euros diarios, más el 10% de su respectivo
                                   complemento personal de antigüedad
                        Antigüedad  Dos bienios al 2%, un primer quinquenio al 3% y un segundo quinquenio al 5%,
                  Incremento Salarial 1% con carácter consolidable, siempre que la empresa alcance el 85% del EBlTDA.
           Cláusula de Revisión Salarial  No contempla
                                   Accidente de trabajo, enfermedad profesional  o ingreso: 100%, en caso de enfermedad común
                  Complemento de IT
                                   100% deducidos los pluses hasta el 5º día. A partir del 6ª día percibe los pluses
                                   Seguro de muerte o invalidez
                                   - Por fallecimiento por causa natural: 25.000,00 euros. Muerte por AT 50.000,00 euros., Muerte
                    Seguro Colectivo
                                    por accidente de tráfico o circulación, : 68.000,00 euros.
                                   - Por invalidez permanente o total,:19.000,00 euros.- Por invalidez absoluta,: 25.000,00 euros.
           Cláusula de Estabilidad en el
                           Empleo  No contempla
                                   las partes se comprometen a promover su adhesión a los instrumentos de formación pactados por
                         Formación
                                   los agentes sociales en los términos que se acuerden en cada caso
                       Salud Laboral  No contempla
           Clausula de medio ambiente No contempla
                Cláusulas de igualdad  No contempla
             Conciliación vida familiar  No contempla
                  Violencia de género  Definición de acoso sexual
                  Derechos Sindicales  No contempla
                       Digitalización  NO
                    Mejoras sociales I  Bolsa vacaciones de 258,05 euros
                                   Una garrafa de 5 litros de aceite 15 veces al año. Ayudas a disminuidos físicos y psíquicos; 187,52
                   Mejoras sociales II
                                   euros mensuales.
                                   Trabajador mutualista: 15 años de antigüedad:
                                   - A los 60 años: 17.118, 66 euros.
                  Mejoras sociales III  - A los 61 años: 14.685,79 euros
                                   - A los 62 años: 12.209,19 euros
                                   - A los 63 años: 9.820,08 euros. Premio de vinculación:  20 años de servicio gratificación de 30 días
                                   Trabajadores incapacitados: aplicándoles otro puesto se les respeta el salario, siempre que sea
                  Mejoras sociales IV
                                   posible






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