Page 400 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,


          MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES



          CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL SECTOR DE
          CONFITERÍA, BOLLERÍA, REPOSTERÍA, REPOSTERÍA

          ARTESANAL Y PLATOS PRECOCINADOS DE VALLADOLID|

          Código de Convenio | 47000105011982
                                                  SALARIOS






          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                   3,75%
          VALLADOLID                        SALARIO ANUAL PEÓN:                                   15.120,00 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             17.429,75 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2023-2025                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      19.102,89 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                                   0,00 €
          NUEVO                             DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         2.309,75 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                    3.982,89 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:

          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          200                               Artículo 22°- Salarios. La cuantía de los salarios pactados en este
                                            Convenio  Colectivo  para  las  diferentes  categorías  profesionales,
          Nº MUJERES:                       serán  incrementados  en  todos  los  conceptos,  para  cada  año  de
          150                               vigencia del convenio en los siguientes porcentajes, 3,75% el 2023,
                                            2,75% el 2024 y 2,50% el 2025 con cláusula de revisión salarial al IPC
          Nº HOMBRES:                       real a 31 de diciembre de cada año con efectos retroactivos a 1 de
          50                                enero de cada año.

                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:
                                            2  pagas  de  30  días  de  S.B.+plus  personal.  1  paga  de  30  días  de
                                            S.B.+plus personal como paga de beneficios.

                                            OBSERVACIONES:
   395   396   397   398   399   400   401   402   403   404   405