Page 392 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,


          MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES



          CONFITERIAS PASTELERIAS Y REPOSTERIA (OBRADORES)|

          Código de Convenio | 31002705011981
                                                  SALARIOS







          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                   8,30%
          NAVARRA                           SALARIO ANUAL PEÓN:                                   19.642,35 €
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             21.758,10 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2020-2023                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      26.854,10 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                              4.522,35 €
          REVISADO                          DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         6.638,10 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      11.734,10 €

          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          320                               Para el período 1 de enero a 31 de diciembre de 2023, se calculará
                                            la diferencia entre los IPC¿s acumulados de los años 2019 a 2022 y
          Nº MUJERES:                       los incrementos salariales realmente percibidos (esto es, el percibido
          128                               en el año 2020 que es de un 0,8%; el percibido en 2021 que lo es del
                                            1%; y el percibido en 2022 que lo es del 4,25%. Lo que hace un
          Nº HOMBRES:                       incremento total para el período 2019-2022, de un 6,05%). En el caso
          192                               de que la diferencia fuese positiva para la persona trabajadora, se
                                            abonará dicha diferencia más un 1% en tablas, todo ello consolidado.
                                            Si la diferencia fuese negativa para la persona trabajadora, se abonará
                                            y  consolidará  un  incremento  del  1%  sobre  las  tablas  salariales
                                            vigentes a 31 de diciembre de 2022.

                                            PAGAS EXTRAORDINARIAS:
                                            2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficio.

                                            OBSERVACIONES:
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