Page 389 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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CONFITERÍAS, PASTELERÍAS, CHOCOLATES,


          MASAS FRITAS, CARAMELOS Y TURRONES



          Pastelería, bollería, galletas, repostería, elaboración de productos
          de confitería de chocolate, platos cocinados, pastelería salada y

          heladería artesanal de la provincia de Huesca|

          Código de Convenio | 22001125012010
                                                  SALARIOS






          PROVINCIA:                        INCREMENTO SALARIAL 2023:                                  3,00 %
          HUESCA                            SALARIO ANUAL PEÓN:                                    15.120,00€
                                            SALARIO ANUAL OFICIAL 2ª:                             16.368,90 €
          VIGENCIA:                         SALARIO ANUAL
          2022-2024                         ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:                      18.374,55 €

          ESTADO:                           DIFERENCIA SMI 2023 PEÓN:                                   0,00 €
          NUEVO                             DIFERENCIA SMI 2023 OFICIAL 2ª                         1.248,90 €
                                            DIFERENCIA SMI 2023                                    3.254,55 €
          Nº TOTAL                          ENCARGADO/CAPATAZ/CONTRAMAESTRE:

          TRABAJADORES:                     CLÁUSULA DE REVISIÓN:
          153                               Art. 10. Si el IPC acumulado entre 2022 y 2024, fuera superior al
                                            10%,  dicho  incremento  se  aplicará,  a  los  solos  efectos  de
          Nº MUJERES:                       actualización de las tablas que servirán como base de cálculo para el
          95                                incremento que correspondiera al año 2025, con un tope máximo
                                            del 3%.
          Nº HOMBRES:
          58                                PAGAS EXTRAORDINARIAS:
                                            3 pagas extraordinarias.

                                            OBSERVACIONES:
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