Page 179 - NC 2023 Alimentación y Bebidas
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El contenido de las cláusulas de revisión salarial mencionadas, se pueden ver en
su totalidad en las fichas de cada uno de los convenios que aparecen al final de
este punto. Observamos como mayoría vincula los incrementos pactados en los
años de vigencia del convenio con el resultado del IPC de cada uno de esos años.
En el caso de este sector ninguna operan con carácter retroactivo. Por lo que
podemos afirmar que se trata de cláusulas técnicas, cuya actualización tienen
efecto sobre las tablas salariales.
8.3.3 Salarios anuales por categorías profesionales
En el siguiente gráfico se pueden ver los salarios anuales de cada una de las tres
categorías analizadas, ordenado por salarios anuales en euros de 2023 de mayor a
menor salario.
En el primer gráfico, correspondiente a la categoría de Peón o equivalente,
observamos que media salarial del sector de Confiterías, Pastelerías, Chocolates,
Masas fritas, Caramelos y Turrones (a partir de ahora Confiterías) asciende a
16.053,10 €.
Encontramos a siete convenios, con salarios anuales superiores a la media y a
diecisiete convenios con salarios anuales inferiores a la media salarial del sector.
Con respecto a la afectación que el Salario mínimo interprofesional (SMI) ha tenido
en este sector, hemos de señalar que, los convenios de Valladolid y Huesca, tienen
un salario igual a la cuantía de SMI 2023, 15.120 € anuales. Por otra parte, ocho
convenios, registran un salario anual inferior al SMI, que son el caso de los
convenios de Albacete, Cantabria, Zamora, Soria, Pontevedra, Ávila, Asturias y
Ciudad Real. Hemos de volver a hacer la salvedad de que hemos comentado con
anterioridad, y es que estos datos están extraídos de lo registrados en REGCON o
en los boletines provinciales correspondientes, sin perjuicio, de que en la práctica
se esté aplicando correctamente lo marcado por ley con respecto al Salario Mínimo
Interprofesional.