Page 311 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



        1.- CONVENIO COLECTIVO DE FABRICANTES DE GALLETAS DE BARCELONA Y PROVINCIA
         CÓDIGO CONVENIO        08001765011994

         VIGENCIA               2014-2016
         DENUNCIA DEL CONVENIO  Si no se denuncia con 2 meses de antelación antes de que finalice su vigencia, se entenderá que queda
                                prorrogado tácitamente de año en año. De mediar denuncia, el mismo se mantendrá vigente en todas
                                sus cláusulas normativas hasta el acuerdo y firma del convenio que lo sustituya.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  370
         HOMBRES                120
         MUJERES                250

         JORNADA                1.768
         VACACIONES             22 días laborables.
         EJERCICIO ECONÓMICO    2016
         INCREMENTO SALARIAL    1,00%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de una mensualidad de S.B.+ plus de asistencia+ plus de vinculación cada una de ellas.
         SALARIO ANUAL          Peón: 14.746,54 €  Oficial 1ª: 18.286,45 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   SI
         COMPLEMENTO DE IT      La empresa ha de abonar a los trabajadores en situación de IT por accidente de trabajo, a partir del
                                primer día y hasta el máximo de un año, un complemento equivalente a la diferencia entre el 100% de
                                todos los conceptos retributivos y la cantidad que les correspondiera percibir de la entidad gestora de la
                                IT por accidente de trabajo.
         CLÁUSULA DE            NO                                                                             311
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    SI
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: Se
                                entregará a los representantes sindicales de los trabajadores copia de los contratos de trabajo, con la omisión
                                de los datos protegidos por el derecho a la propia intimidad del trabajador, una vez que los mismos hayan
                                sido registrados y sellados por el Órgano competente.
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       PIMEC,SEPES, UGT, CC.OO
         VARIOS / OBSERVACIONES  Convenio vigente hasta 2016. Sin actualización salarial
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