Page 291 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.3.- Convenios sin actualizaciones salariales en el año 2021 en el Sector Agroalimentario



        7.- XOCOLATES, BOMBONS I CARAMELS DE LA PROVÍNCIA DE GIRONA
         CÓDIGO CONVENIO        17000585011994
         VIGENCIA               2020- 2022
         DENUNCIA DEL CONVENIO  ANTELACIÓN MÍNIMA DE 3 MESeS RESPECTE A LA DTA DEL SEU VENCIMENT.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  800
         HOMBRES                400
         MUJERES                400

         JORNADA                1.776
         VACACIONES             30 dias naturales
         EJERCICIO ECONÓMICO    2020
         INCREMENTO SALARIAL    1,00%
         PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias de salario base  + plus convenio cada una de ellas.
         SALARIO ANUAL          Peón: 15.986 €   Oficial 1ª: 17.470 €
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
         COMPLEMENTO DE IT      a) Enfermedad común y accidente no laboral: en caso de IT derivada de enfermedad común o ac-
                                cidente no laboral, la empresa abonará, a partir del día 21 de la baja y hasta las 24 semanas, un
                                complemento a las prestaciones de la Seguridad Social que consiste en la diferencia entre el salario
                                base, plus personal y plus convenio, que cobre el trabajador/a y la prestación de la Seguridad Social.
                                b) Accidente de trabajo y enfermedad profesional: En los supuestos de IT, derivada de accidente de
                                trabajo o enfermedad profesional, la empresa complementará la prestación que abona la mutua hasta
                                el 100% de la base reguladora desde el primer día de la baja hasta el día del alta del accidente, con el
                                máximo legal de 18 meses.
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         CLÁUSULA DE            NO
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Los trabajadores víctimas de violencia de género tendrán derecho, para hacer efectivo su protección o
                                derecho a la asistencia social integral, a la reducción de la jornada de trabajo con reducción proporcional
                                del salario a la reordenación del tiempo de trabajo, mediante la adaptación del horario, de la aplicación
                                del horario flexible o de otras formas de ordenación del tiempo de trabajo.
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       ASOCIACIÓN de FABRICANTES de CHOCOLATES, BOMBONES y CARAMELOS, UGT y CCOO
         VARIOS / OBSERVACIONES
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