Page 173 - Negociación Colectiva 2021 en el sector agroalimentario español
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4.3.2.6.- Sector de Frutos Secos
1.- CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DEL SECTOR DE LOS FRUTOS SECOS DE LA PROVINCIA DE TARRAGONA
CÓDIGO CONVENIO 43000515011994
PROVINCIA TARRAGONA
VIGENCIA 2021-2023
ESTADO NUEVO
NÚMERO DE TRABAJADORES 900
HOMBRES 400
MUJERES 500
1.- POLÍTICA SALARIAL
EJERCICIO ECONÓMICO 2021
INCREMENTO SALARIAL 0,50%
SALARIO ANUAL Peón: 16.647,94 € Oficial 1ª: 18.450,95 €
DIFERENCIA CON SMI 2021 Peón: 3.347,94 € Oficial 1ª: 5.150,95 €
CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL Para el año 2020 se pacta un incremento salarial del IPC de Catalunya de 2019 + 0,4%. El incremento
total en ningún caso podrá exceder del 2,5% para 2018, 2,55% para 2019 y 2,60% para 2020.
2.- IGUALDAD
REGULA EL PRINCIPIO Artículo 27. RecoNocimiento igualdad
DE IGUALDAD SALARIAL Expresamente se reconoce la igualdad entre hombre y mujer en igualdad de trabajo, debiendo percibir
igual salario.
Expresamente se recoNoce el derecho de acceso de la mujer a todas las secciones y categorías profesio-
nales
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MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN NO
DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA
DE GÉNERO
ACOSO SEXUAL Y Artículo 32. Protección ante el acoso discriminatorio por razón de sexo y ante el acoso sexual
POR RAZÓN DE SEXO Todos los trabajadores tienen derecho a un entorno libre de conductas y comportamientos hostiles o
(Sanciones / Medidas / Protocolo) intimidatorios hacia su persona que garantice su dignidad y su integridad física y moral. Las personas con
responsabilidad de mando tienen la obligación de garantizar las condiciones adecuadas de trabajo en su
ámbito de responsabilidad.
Para la prevención del acoso sexual por razón de sexo, se elaborará un Protocolo de actuación que com-
prenderá, al menos, los siguientes principios:
a. El compromiso de la Empresa de prevenir y No tolerar el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.
b. La instrucción a todo el personal de su deber de respetar la dignidad de las personas y su derecho a la
intimidad, así como la igualdad de trato entre mujeres y hombres.
c. El tratamiento reservado de las denuncias de hechos que pudieran ser constitutivos de acoso sexual o de
acoso por razón de sexo, sin perjuicio de lo establecido en la Normativa de régimen disciplinario.
d. La identificación de las personas responsables de atender a quienes formulen una queja o denuncia.
e. Poner en conocimiento de todos los trabajadores el correspondiente procedimiento que se habilite.
3.- JORNADA
JORNADA LABORAL ANUAL 1.784
REGULA EL REGISTRO DE JORNADA NO
4.- INDUSTRIA 4.0
REGULA EL TRABAJO A DISTANCIA Artículo 33. Teletrabajo
Las empresas y trabajadores/as podrán pactar libremente la posibilidad de realizar toda o parte de su jorna-
da laboral en situación de teletrabajo.
Cuando existe representación legal de los trabajadores, las condiciones serán pactadas
REGULA LA DESCONEXIÓN DIGITAL NO