Page 141 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



        56.-CONVENIO COLECTIVO PARA ACTIVIDADES AGROPECUARIAS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA.

         CÓDIGO CONVENIO        50000045011981
         VIGENCIA               2017/2018
         DENUNCIA DEL CONVENIO  La denuncia del presente convenio se producirá de forma automática con tres meses de antelación a la
                                fecha su vencimiento, es decir el 1 de octubre de 2018.
         NÚMERO DE TRABAJADORES  5.000
         MUJERES                1.500
         HOMBRES                3.500
         JORNADA                1.752 horas anuales.
         VACACIONES             22 días laborables.
         EJERCICIO ECONÓMICO    2018
         INCREMENTO SALARIAL    1,30%

         PAGAS EXTRAORDINARIAS  3 pagas de S.B.+Ant.+Complementos
         SALARIO ANUAL          Peón: 15.065,11   Oficial 1ª: 16.083,02
         CLÁUSULA DE REVISIÓN   Sí. En caso de que el IPC del año 2018 fuera superior al 1,3%, el incremento salarial del año 2018 se
                                revisará en el mismo porcentaje que la diferencia entre el 1,3% y ese IPC final, abonándose la misma
                                durante el primer trimestre de 2019. En caso de que el IPC del año 2018 sea inferior al 1,3%, no se
                                producirá ninguna revisíón.
         COMPLEMENTO DE I.T.    En caso de que el trabajador se encuentre en incapacidad temporal (IT) derivada de enfermedad pro-
                                fesíonal o accidente de trabajo, la empresa completará al trabajador que esté en dicha sítuación hasta el
                                100% del salario real, mientras dure esta contingencia, con el único límite que el que pudiera existir por
                                la duración del contrato laboral.                                              141
                                En caso de enfermedad común o accidente no laboral, la empresa completará al trabajador que esté en
                                dicha sítuación hasta el 100% del salario real desde el primer día, hasta un máximo de cuatro meses, o
                                hasta la finalización del contrato en caso de que éste acaezca antes de los cuatro meses.
         CLÁUSULA DE
         ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  SI
         VIOLENCIA DE GÉNERO    Comisión de igualdad y contra la violencia de género
         DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO

                                Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
         PARTES FIRMANTES       UAGA, ARAGA, ASAJA, UGT, CC.OO.
         VARIOS / OBSERVACIONES
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