Page 144 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



               59.-CONVENIO COLECTIVO DE RECOLECCIÓN DE CÍTRICOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA.

                CÓDIGO CONVENIO        80000105011990
                VIGENCIA               2018-2022
                DENUNCIA DEL CONVENIO  La denuncia del Convenio podrá efectuarse por cualquiera de las partes firmantes del mismo, pudiendo
                                       formularse dentro de los últimos tres meses de su vigencia o de cualquiera de sus prórrogas.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  48.000
                MUJERES                4.800
                HOMBRES                43.200
                JORNADA                0 horas campaña
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    1,00%

                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas de S.B.
                SALARIO ANUAL          Peón: 23.936,00   Oficial 1ª: 26.109,86
                CLÁUSULA DE REVISIÓN   A partir del 1 de septiembre de 2019, y para cada uno de los años de vigencia del presente Convenio
                                       Colectivo, el salario se incrementará un 1% en cada campaña.
                COMPLEMENTO DE I.T.    Incapacidad temporal derivada de enfermedad común, la empresa complementará la prestación recibi-
                                       da por el trabajador, desde el 4º día de baja y con un máximo de 12 días por campaña, hasta el 60 %
                                       del salario en modalidad de jornal. Dicho complemento solamente se abonará cuando la cuadrilla a la
                                       que pertenezca el trabajador haya trabajado efectivamente.
      144       CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  NO
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Equipación salarial. El salario de hombres y mujeres en todas las categorías profesionales, es el mismo.
                                       Las organizaciones firmantes del presente convenio, tanto sindicales como empresariales entienden
                                       que es necesario establecer un marco normativo general de intervención a nivel sectorial para garan-
                                       tizar que el derecho fundamental a la igualdad de trato y oportunidades en las empresas sea real y
                                       efectivo.
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO
                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO

                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       AICGC, APECA y UGT
                VARIOS / OBSERVACIONES  Salarios campaña 2017-2018
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