Page 136 - NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2019 EN EL SECTOR AGROALIMENTARIO ESPAÑOL
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4.3.1.- Sector agrario y del manipulado hortofrutícola



               51.-CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DEL CAMPO DE TOLEDO.

                CÓDIGO CONVENIO        45000075011981
                VIGENCIA               2018/2019
                DENUNCIA DEL CONVENIO  Llegada su finalización quedará automáticamente denunciado  Sín neceSídad de previo requerimiento.
                                       Concluida su vigencia y hasta tanto en cuanto no se logre nuevo acuerdo será de aplicación en todo su
                                       contenido.
                NÚMERO DE TRABAJADORES  2.098
                MUJERES                400
                HOMBRES                1.698
                JORNADA                1.784 horas anuales.
                VACACIONES             30 días naturales
                EJERCICIO ECONÓMICO    2019
                INCREMENTO SALARIAL    1,50%
                PAGAS EXTRAORDINARIAS  2 pagas extraordinarias + 1 paga de beneficios de 22 días
                SALARIO ANUAL          Peón: 13.070,28   Oficial 1ª: 14.277,18

                CLÁUSULA DE REVISIÓN   NO
                COMPLEMENTO DE I.T.    En caso de incapacidad temporal por enfermedad o accidente no laboral de los trabajadores/as com-
                                       prendidos en el ámbito de aplicación de este convenio, la empresa complementará a los trabajadores/
                                       as que se encuentre en esta Sítuación con el 25% del salario mínimo InterprofeSíonal a partir del quinto
                                       día de baja.
      136                              En caso de accidente laboral los trabajadores que se encuentren en Sítuación de baja medica por esta
                                       causa, la empresa completará la prestación a la que tuvieran derecho, con el 25% del salario mínimo
                                       InterprofeSíonal a partir del cuarto día.
                                       Este complemento se abonará únicamente mientras la relación laboral esté vigente y Síempre que el
                                       trabajador tenga cubierto el periodo de carencia requerido para tener derecho a la prestación.
                CLÁUSULA DE
                ESTABILIDAD EN EL EMPLEO  Incremento de la contratación indefinida. Limitación de las ETT´s
                VIOLENCIA DE GÉNERO    Artículo específico dedicado a la Mujer trabajadora. Medidas de igualdad y conciliación
                DERECHOS DIGITALES     Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales, de videovigilancia y grabación en el ámbito laboral:
                                       Derecho a la intimidad en relación al reconocimiento médico.Derecho a la intimidad en relación al acoso
                                       sexual y por razón de sexo
                                       Derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral: NO

                                       Derecho a la intimidad ante la utilización de geolocalización en el ámbito laboral: NO
                                       Garantías adicionales frente a los derechos digitales en la negociación colectiva: NO
                PARTES FIRMANTES       ASAJA, UGT, CCOO Y USO
                VARIOS / OBSERVACIONES  Medidas de prevención del acoso sexual y por razón de sexo
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