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4.3.8.- Sector de frutos secos
3.- CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO SECTORIAL PARA LA ACTIVIDAD DE FRUTOS SECOS DE LA PROVINCIA DE CIUDAD REAL.
(Convenio vigente hasta 2001. Sin actualización salarial)
VIGENCIA 2001
CÓDIGO CONVENIO
DENUNCIA DEL CONVENIO Hasta tanto no se llegue a un acuerdo expreso, este mantendrá en vigencia todas sus cláusulas.
NÚMERO DE TRABAJADORES Sin datos
HOMBRES Sin datos
MUJERES Sin datos
JORNADA 1.800 horas anuales
VACACIONES 25 días laborables
PAGAS EXTRAORDINARIAS Sin datos
SALARIO ANUAL Peón: Sin datos Oficial 1ª: Sin datos
INCREMENTO SALARIAL Sin datos
CLÁUSULA DE REVISIÓN NO
COMPLEMENTO DE I.T. Todo el personal afectado por este Convenio, recibirá de su empresa la diferencia salarial que existe entre
lo que percibe de la entidad gestora o colaboradora en la gestión y su salario real, en caso de interven-
ción quirúrgica y hospitalización, desde el primer día de la baja hasta un máximo de 12 meses. Para los
casos de baja de incapacidad transitoria, enfermedad común o profesional, se abonará a los trabajadores
en esta situación y a partir del día 20 de la baja, una indemnización de 448 pesetas diarias para 2001,
durante un plazo máximo de tres meses.
CLÁUSULA DE NO
290 ESTABILIDAD EN EL EMPLEO
COMISIÓN DE FORMACIÓN NO
COMITÉ DE SALUD LABORAL Según LPRL
CLÁUSULA DE MEDIO AMBIENTE NO
CLÁUSULAS DE IGUALDAD NO
VIOLENCIA DE GÉNERO NO
PARTES FIRMANTES Asociación de empresarios de frutos secos y CCOO