Page 94 - Las marcas de distribución en los sectores Cárnico, Panadería, Lácteas y Procesado de Pescado
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IGUALDAD EN GRUPO BIMBO
                                                        (CC. PIMAD)
          1    Se ha establecido un Plan de Igualdad         NO

               Regulado en el Convenio
               Regulado en un acuerdo de empresa específico

                                                             SI, Este convenio colectivo tiene un ámbito de aplicación
                                                             inferior a los 250 trabajadores por lo que no es obligatorio
                                                             establecer un Plan de Igualdad; no obstante las partes se
                                                             comprometen durante su vigencia a aplicar medidas dirigidas a
                                                             promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres
               Remite el Convenio a un acuerdo futuro de empresa
                                                             y hombres en el ámbito laboral, conforme a la regulación
                                                             contenida en la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de
                                                             mujeres y hombres.
                                                             Se crea una Comisión de Igualdad


               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad de
          2    trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en   NO
               alguno de los siguientes casos

               Contratación
               Promoción

               Estabilidad en el empleo
               Formación

               Salarios
               Establece medidas de acción positiva de preferencia a
          3                                                  NO
               favor del sexo menos representado
               Contratación
               Promoción

               Formación

               Adaptación de la jornada laboral a la vida familiar
                                                             SI. ANEXO V Protocolo de actuación ante situaciones de acoso
                                                             sexual, acoso por razón de sexo y acoso por razón de orientación
                                                             sexual (Publicado BOE 14-3-12 GRUPO BIMBO)
                                                             •   velar por la consecución de un ambiente adecuado de
                                                             trabajo y libre de comportamientos indeseados que pudieran ser
                                                             constitutivos de acoso sexual, acoso por razón de sexo o acoso
                                                             por razón de orientación sexual según los términos contenidos en
               Establece medidas para prevenir el acoso sexual y el
          4                                                  los puntos anteriores.
               acoso por razón de sexo
                                                             •   Constituye un derecho fundamental de los RLT participar
                                                             activamente, incluso con campañas de sensibilización (…)
                                                             •   (…) la apertura de una investigación interna previa comunicación
                                                             a la Comisión de Igualdad para el mejor esclarecimiento de los
                                                             hechos y circunstancias del caso, sin perjuicio de adoptar las
                                                             medidas necesarias provisionales para evitar que continúen las
                                                             conductas susceptibles de desembocar en acoso.
               Regula medidas para la protección de víctimas de
          5                                                  No
               violencia de género
                                                             SI, Artículo 39. Respeto del principio de diversidad.
                                                             Cualquier trabajador/a del centro de trabajo tendrá una igualdad
               Regula medidas dirigidas a promover la igualdad
          6    de trato y de oportunidad independientemente de   de oportunidad para poder presentarse a la cobertura de los
                                                             puestos de trabajo vacantes que puedan existir en el centro de
               nacionalidad, edad, religión, etc…?
                                                             trabajo, con independencia del sexo u orientación sexual, origen
                                                             racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad




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