Page 69 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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ANÁLISIS DE EMPRESAS Y NEGOCIACIÓN COLECTIVA











                                        PROTECCIÓN SOCIAL Y MEJORAS SOCIALES
                                              Anexo 18.2. En  el caso  de intervención quirúrgica seguida de
                                              hospitalización, derivada de enfermedad común o accidente no laboral,
                                              las empresas abonarán a los trabajadores que acrediten tal situación la
                                              cantidad de 11,237 euros para 2020 por cada día de hospitalización y
                Complemento IT EC             mientras dure esta dentro de los límites de la duración de la incapacidad
                                              transitoria Las empresas que tengan cualquier sistema por el que
                                              complementen las prestaciones de incapacidad transitoria por causa
                                              de enfermedad común o accidente no laboral no abonarán este
                                              complemento

                                              Anexo 18. En caso de I.T. derivada de accidente de trabajo las empresas
                                              abonarán el complemento necesario para que juntamente con la
                                              prestación económica de la Seguridad Social, Mutua patronal o
                Complemento IT AT EP          empresa autoaseguradora, el trabajador perciba hasta el 100 por cien
                Hospitalización
                                              de su base reguladora deducida la prorrata de pagas extraordinarias y
                                              las horas extraordinarias, si estas se hubiesen tenido en cuenta para la
                                              conformación de dicha base
                                              Anexo 11. Las empresas, que no tuvieran cubierta las contingencias que
                                              se indican, contratarán una póliza colectiva para cubrir las contingencias
                Seguro Colectivo
                                              de incapacidad permanente absoluta, gran invalidez y muerte por causa
                                              de accidente de trabajo y por importe de 24.500 €.
                Prestaciones y Ayudas familiares
                Préstamos y ayudas vivienda
                Premios de Permanencia o
                Vinculación
                                              Anexo 11. Las empresas, que no tuvieran cubierta las contingencias que
                                              se indican, contratarán una póliza colectiva para cubrir las contingencias
                Incapacidad Permanente
                                              de incapacidad permanente absoluta, gran invalidez y muerte por causa
                                              de accidente de trabajo y por importe de 24.500 €.
                Jubilación y premio de
                jubilación
                Planes de pensiones y previsión
                social
                                              Anexo 4.2. a) Para quienes no trabajen en régimen de incentivación y para
                                              quienes lo hagan a tarea o destajo o reciban algún tipo de retribución
                                              complementaria a la establecida en este Convenio, por cada día de
                                              vacaciones  percibirán  el  salario  base  fijado  por  el  Convenio  para  su
                Otras mejoras sociales
                                              categoría,  la  antigüedad  personal  consolidada  y  8,325  euros  por  día
                                              natural en concepto de complemento o bolsa de vacaciones. Este
                                              complemento o bolsa de vacaciones ascenderá a la cantidad de 11,357
                                              euros si las vacaciones se disfrutan por el módulo de 22 días laborables


                                                      INDUSTRIA 4.0
                Teletrabajo
                Derecho a desconexión digital












                                                                                                                69
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