Page 386 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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SALARIOS
                Salario mínimo
                anual (€/año)   Peón         15.167,05 €                 Oficial 1ª  16.373,49 €

                Nº pagas        3            Importe pagas       Art 29.2. 30 dias, 2 de ellas SB+Antigüedad+ Bº
                extraordinarias              extraordinarias     +46,16 €, 1 de SB.
                Incremento      0,00%
                Salarial
                Cláusula        NO
                revisión salarial
                Salario variable

                                Art. 29.2. Complementos personales. Antigüedad.
                                Aumento periódico por el tiempo de servicios prestados a la misma empresa, consistente
                                en dos bienios al 2%, un primer quinquenio al 3% y un segundo quinquenio al 5%, (calculadas
                                sobre el SB).
                                Los trabajadores/as que estuvieran activos en la empresa en el momento de la firma del
                Antigüedad
                                presente convenio consolidaran el tramo en curso, y si es superior al sistema pactado por
                                el presente convenio quedará congelado.
                                Los/las trabajadores y trabajadoras de temporada disfrutarán de igual beneficio, si bien,
                                para el reconocimiento de cada bienio deberán haber prestado 730 días naturales de
                                cotización y para el de cada quinquenio 1.825 días, en ambos casos en la misma empresa.


                                                EMPLEO Y CONTRATACIÓN
                                              Artículo 17. Contratación y clasificación del personal. Los contratos
                                              eventuales o de duración determinada en su conjunto, no podrán rebasar
                                              el 60% de la contratación total de la empresa, considerada siempre en
                                              cómputo anual.
                Cláusula de Estabilidad en el   Artículo 21. Trabajadores Eventuales y Temporales. Queda totalmente
                empleo
                                              prohibido, contratar a trabajadores eventuales o temporales cuando
                                              no se haya llamado a la totalidad de los trabajadores fijos de trabajos
                                              discontinuos, cualquiera que fuese la especialidad profesional de estos
                                              últimos
                                              Artículo 17. Contratación y clasificación del personal.
                                               Las actividades, trabajos o tareas que puedan cubrirse con este tipo de
                                              contrato son:
                                              -Montaje de instalaciones y su mantenimiento durante el tiempo que
                                              dure el período de garantía.
                                              -Promoción de productos.
                                              -Labores de Merchandising.
                                              -Realización de Pack promociones cruzadas.
                Regulación de contratación
                temporal                      -Instalaciones de proyectos informáticos.
                                              Contratos eventuales por circunstancias de la producción. Este tipo de
                                              contratación por circunstancias de la producción podrá acumular, en
                                              uno o variaos contratos, una duración máxima de 12 meses dentro de un
                                              periodo de 18, contados a partir del momento en que se produzcan dichas
                                              causas. Los/las trabajadores y trabajadoras contratados y contratadas al
                                              amparo de esta modalidad de contratación tendrán derecho a percibir,
                                              a la finalización de la misma, una indemnización de doce días de salario
                                              por mes de trabajo.


                                                 DERECHOS SINDICALES
                Acumulación de horas
                Delegado sindical

                Otros derechos sindicales





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