Page 372 - Las marcas de distribución en los sectores de fabricación de productos: avicultura, conservas de pescado, comida refrigerada y fabricación de aceites (2020)
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6. ACOSO SEXUAL Y POR RAZÓN DE SEXO
Artículo 39.- Faltas muy graves.
Incluido como falta Se consideran faltas muy graves las siguientes:
muy grave
m) El acoso laboral y/o sexual.
Artículo 5. b) El acoso sexual es una conducta basada en comportamientos
culturales y educativos basados en el sexo que afectan a la dignidad de las mujeres y
los hombres en el trabajo. Comprenden una diversidad de supuestos que engloben
conductas verbales o físicas ofensivas para la víctima y no deseadas por ellas. Por
ello, si se produjese algún caso de acoso sexual se pondrá en conocimiento de los
Medidas preventivas representantes sindicales y en su defecto a la comisión paritaria de este convenio.
Tanto los representantes sindicales como la comisión paritaria asesorarán a las
personas afectadas de los pasos a seguir en cuantas actuaciones legales sean
precisas para evitar que se produzcan dichos actos. En todo momento se guardará
un absoluto respeto y discreción para proteger la intimidad de la persona acosada
o agredida.
Protocolo contra el
acoso
7. MEDIDAS DE PROTECCIÓN TRABAJADORAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO
Menciona los
derechos LO4/2001
Recoge mejoras de los
derechos LO4/2001
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