Page 510 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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Resultados de la investigación Resultados de la investigación
Como ejemplo:
CONVENIO COLECTIVO DE AGUAS DE TEROR, S.A.. Fabrica MDF
Artículo 20.-Bolsas de estudio y fondo social de cultura y deporte.
Se atenderá en la consignación de los presupuestos de la Empresa de un fondo para
bolsas de estudios de los trabajadores, cónyuges e hijos de los mismos, que se abonará
anualmente y en el mes de Octubre, en las siguientes condiciones:
a) Educación Infantil (de 0 a 5 años) 100,00 Euros
b) Educación Primaria (de 6 a 12 años) 120,00 Euros
c) Educación Secundaria 150,00 Euros
d) Enseñanzas Deportivas, Artísticas e Idiomas 150,00 Euros
e) Bachillerato y Formación Profesional 180,00 Euros
f) Enseñanza Universitaria (Grado, Máster y Doctorado) 300,00 Euros
Para las ayudas de los apartados d), e) y f), si el importe de la matrícula fuese inferior a la
ayuda correspondiente, se abonará como máximo el importe debidamente justificado de
la matrícula.
Asimismo, se asigna un fondo social de doce mil euros anuales para el desarrollo de
actividades culturales y deportivas en grupo y/o individuales de los trabajadores de la
Empresa, siendo el importe máximo anual por trabajador de 240,00 euros, debidamente
justificado.
Artículo 21.-Ayuda por hijo discapacitado.
Los trabajadores con hijos a su cargo a quienes por el Organismo correspondiente les haya
sido oficialmente reconocida la condición de discapacitado, percibirán mensualmente una
ayuda de 50,00 euros. Si el padre y la madre del discapacitado fuesen ambos trabajadores
de la Empresa, la ayuda sólo se abonará a uno de ellos
Artículo 27.-Premios por nacimiento o adopción.
La empresa abonará al trabajador por el nacimiento o adopción de cada hijo la cantidad de
300 euros previa justificación de dicho nacimiento o adopción. Este importe se abonará
en la nómina siguiente a la del mes de la justificación.
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