Page 225 - Las Marcas de Distribución en los sectores de fabricación de productos: lácteos, panadería y pastelería, conservas de pescado y aguas (2019)
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FICHA RESUMEN INDUSTRIA 4.0
Nombre Convenio PANADERÍA Y PASTELERÍA
Código de Convenio 45000285011981
Centro de trabajo NOBLEJAS (TOLEDO)-CASTILLA LA MANCHA
Empresa MONBAKE GRUPO EMPRESARIAL, S.A.U
Protección social/ económica del
trabajador NO
Derechos digitales NO
Mecanización/Automatización NO
Formación, Cualificación y Grupos
Profesionales NO
Medidas de adecuación de los cambios
tecnológicos y Prevención de riesgos NO
laborales
Teletrabajo/ Plataformas digitales NO
Contratación e implantación de nuevas NO
tecnologías
BYOD NO
FICHA RESUMEN IGUALDAD
Convenio Colectivo Bellsolà SAU
Empresa: MONBAKE GRUPO EMPRESARIAL, SAU
La igualdad entre mujeres y hombres es un derecho reconocido en la
Constitución Española y un principio jurídico universal recogido en diversos textos
Regula el principio de igualdad entre Art. 58 internacionales sobre derechos humanos, habiéndose desarrollado en el seno de
mujeres y hombres la Unión Europea un importante acervo comunitario sobre igualdad de sexos, para
cuya adecuada transposición se ha promulgado en nuestro país la Ley Orgánica 3
de 2007, de 22 de marzo, sobre igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Menciona la obligatoriedad de negociar No
Planes de Igualdad
Comisión de Igualdad No
MEDIDAS DE IGUALDAD DE TRATO Y OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y
MUJERES. Las empresas del sector y sus trabajadores, firmantes del presente
convenio y en concreto este capítulo sobre las condiciones de trabajo de
los trabajadores de dichas empresas, han venido expresando reiteradamente
desde antiguo su decidido y firme compromiso en la defensa del principio de
igualdad de oportunidades así como su interés por impulsar medidas dirigidas
a remover los obstáculos para el acceso al empleo, facilitar las posibilidades
de conciliación del trabajo con la vida familiar y personal, y garantizar el
Medidas dirigidas a promover la tratamiento equitativo en el desarrollo, promoción profesional, y condiciones
igualdad de trato y de oportunidades Art. 58
entre hombres y mujeres de trabajo en general.
De conformidad con lo establecido en los artículos 45 y 46 de la Ley 3 de
2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se
aprueban las presentes Medidas de Igualdad.
Las presentes medidas no eximen a las empresas que estén obligadas
legalmente (que tengan más de doscientos cincuenta trabajadores) a negociar
su Plan de Igualdad
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