Page 92 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Resultados de la Investigación
No se regula
43%
Se regula
57%
La totalidad de empresas que recogen este complemento son fabricantes de marca
blanca.
Distintas fórmulas de cobertura, como ejemplos
SOVENA y MIGUEL GALLEGO (MIGASA): Convenio de Aceites de Sevilla.
En Caso de Enfermedad Común: 17% de la base reguladora de la Seguridad Social
para esta prestación, durante cuarenta días como máximo. En Accidente de Trabajo,
intervención quirúrgica o internamiento clínico: 100%.
DCOOP, S.C.A. Convenio de Fabricas de Aceite de Málaga
Los trabajadores/as percibirán de la empresa a partir del día que fi je la ley por IT la diferencia
entre lo que perciban como prestación de la Entidad Gestora de la Seguridad Social y
el importe total de su salario formal, según convenio, incluidos los complementos por
transporte, antigüedad y 10% de benefi cios y puntualidad y asistencia. Caso de que la
baja se debiera a accidente de trabajo o requiera hospitalización, el complemento se
abonará desde el primer día.
SALUD LABORAL:
El 100% de los Convenios de este sector que aparecen en la muestra tienen clausulas
de Salud laboral, si bien todas ellas se limitan a reproducir la ley o a referirse a ella. En
general no se regulan mejoras.
IGUALDAD:
El 57% de los Convenios del subsector de aceite analizados contienen Cláusulas de
Igualdad.:
No se regula
43%
Se regula
57%
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