Page 514 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa: GRUPO PASTAS GALLO Ranking 100
Marca Blanca SI
Grupo GRUPO PASTAS GALLO
Empresa o Convenio INDUSTRIAS DE PASTAS ALIMENTICIAS
Sector Panadería y pastas
Código Convenio 99003945011981
Centro de trabajo TODOS LOS CENTROS
Vigencia 2014-2016
SI. El presente Convenio será prorrogado por períodos de un año, siempre que no medie la
Cláusula de ultraactividad
oportuna denuncia, con un mes mínimo de antelación.
Jornada Anual h/año 1748
Jornada Semanal h/semana No contempla
Trabajador Fijo: Peón €/año 16.862,71
Trabajador Fijo: Oficial 1 €/
año 20.896,85
Vacaciones 30 días naturales
Nº Pagas 15
Importe Pagas
extraordinarias Salario base, plus convenio y complemento «ad personam»
Antigüedad No contempla
Incremento Salarial 1%
Si a la finalización del periodo de vigencia del convenio, esto es, por el periodo acumulado 1 de
enero de 2015 a 31 de diciembre de 2016, el IPC acumulado de los veinticuatro meses es superior
Cláusula de Revisión Salarial
al 1,5 por 100, el cincuenta por 100 (50 %) de la diferencia en exceso se abonará a los trabajadores
en concepto de atrasos coincidiendo con la nómina del mes de marzo de 2017
Los trabajadores afectados por este Convenio que sufran un accidente de trabajo, o padezcan
enfermedad o accidente no laboral que requiera hospitalización, y las trabajadoras de baja
por causa de maternidad, tendrán derecho a percibir el cien por cien 100 % de su salario a
Complemento de IT
jornada ordinaria, sin computar horas extraordinarias, ni parte proporcional de gratificaciones
extraordinarias, ni complemento de nocturnidad salvo turno nocturno fijo, permanente o rotativo,
desde el primer día, con el límite máximo de 18 mensualidades
En caso de fallecimiento del trabajador, por accidente laboral o no laboral,18.000 euros. Misma
Seguro Colectivo cuantía para el caso de invalidez permanente absoluta del trabajador, por accidente laboral o no
laboral
Las partes firmantes del presente Convenio coinciden en señalar que la utilización de la
Cláusula de Estabilidad en el contratación temporal, así como de las empresas de trabajo temporal no es la solución adecuada
Empleo para la necesaria estabilidad del empleo en el sector, la formación profesional de los trabajadores y
la mejora de la productividad y competitividad de las empresas
Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en la empresa tienen derecho a un permiso
Formación retribuido de veinte horas anuales de formación profesional para el empleo, vinculada a la actividad
de la empresa, acumulables por un periodo de hasta cinco años
Salud Laboral Según Ley
Clausula de medio ambiente NO
Cláusulas de igualdad Según Ley
Conciliación vida familiar NO
Violencia de género Según Ley
Derechos Sindicales Según Ley
En relación a los cambios tecnológicos, metodológicos o productivos, cuando se implante una
nueva línea de producción, se produzca un cambio de tecnología, o cuando se establezcan
cambios en los métodos de producción, antes de adjudicar las nuevas tareas, se procederá al
Digitalización estudio correspondiente que garantice que las nuevas actividades no serán perjudiciales para el
trabajador/a. En la elaboración de tal estudio será oída, en la medida en que ello sea posible, la
opinión de los técnicos de los sindicatos firmantes del presente convenio y siempre y cuando así
lo soliciten los representantes legales de los trabajadores en el centro de trabajo
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