Page 497 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa:  GARCIA ARANDA, S.L.                                               Ranking  92
                       Marca Blanca  SI
                            Grupo  GARCIA ARANDA, S.L.
                 Empresa o Convenio  Frutas Frescas y Hortalizas (Manipulado y Envasado).
                            Sector Hortofrutícola
                    Código Convenio  30000985011988
                   Centro de trabajo  Murcia
                           Vigencia  2015
                                   El convenio quedará automáticamente denunciado a su finalización y se seguirá aplicando el
             Cláusula de ultraactividad
                                   convenio vencido hasta tanto no se alcance un nuevo acuerdo que de lugar a un nuevo convenio.
                 Jornada Anual h/año  1800
           Jornada Semanal h/semana  40
           Trabajador Fijo:  Peón €/año 12.204,44
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/
                               año  17.363,58
                         Vacaciones  30 días naturales
                          Nº Pagas  14
                      Importe Pagas
                     extraordinarias  30 días de salario base, más antigüedad si procede.
                                   Los trabajadores que a 31 de diciembre del año 2000 vinieran percibiendo alguna cantidad en
                        Antigüedad  concepto de antigüedad, la consolidarán en el mismo importe, de forma invariable y por tiempo
                                   indefinido como complemento retributivo “ad personam”
                  Incremento Salarial NO
           Cláusula de Revisión Salarial  NO
                  Complemento de IT  Según Ley
                                   Se percibirá a través del seguro colectivo (por parte de los trabajadores fijos y fijos discontinuos):
                                   12.000 euros en caso de muerte, gran invalidez, invalidez permanente absoluta o invalidez
                    Seguro Colectivo
                                   permanente total para su profesión habitual derivada de accidente o enfermedad profesional.
                                   3.000 euros en caso de muerte natural.
           Cláusula de Estabilidad en el
                           Empleo  NO
                                   Se considera primordial que la formación continua en las empresas se convierta en un instrumento
                                   necesario para garantizar la cualificación y profesionalidad de los trabajadores. Se recoge el
                         Formación
                                   compromiso de introducir los mecanismos y procedimientos necesarios para que dicha formación
                                   redunde en beneficio de los trabajadores y en consecuencia en las empresas.
                       Salud Laboral  Según Ley
           Clausula de medio ambiente NO
                                   Se recogen cláusulas generales para el fomento de la igualdad y no discriminación. ( Por ejemplo,
                Cláusulas de igualdad
                                   Igualdad salarial en trabajos de igual valor).
             Conciliación vida familiar  NO
                  Violencia de género  NO
                  Derechos Sindicales  Según Ley
                       Digitalización  NO
                    Mejoras sociales I  No contempla
                   Mejoras sociales II  No contempla
                  Mejoras sociales III  No contempla
                  Mejoras sociales IV  No contempla














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