Page 495 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa: ACTELGRUP, S. COOP. Ranking 91
Marca Blanca NO
Grupo ACTELGRUP, S. COOP.
Empresa o Convenio Recolección, almacenamiento, manipulación y venta de frutas de Lérida
Sector Bebidas
Código Convenio 25000395011993
Centro de trabajo Lérida
Vigencia 2015-2020
SI. El convenio se considera prorrogado por un año natural, salvo que sea denunciado por
Cláusula de ultraactividad
cualquiera de las partes, en un plazo de 30 días como máximo
Jornada Anual h/año 1780
Jornada Semanal h/semana 40
Trabajador Fijo: Peón €/año 10.627,26
Trabajador Fijo: Oficial 1 €/
año 15554,7
Vacaciones 22 días laborables
Nº Pagas 14
Importe Pagas
extraordinarias 30 días de salario, más el complemento de antigüedad
Para los trabajadores fijos, un 5% del salario por cada cuatrienio, de acuerdo con las cantidades
que, por cada nivel profesional. Los trabajadores fijos discontinuos tendrán los mismos derechos
Antigüedad
que los fijos. Y necesitarán para la consolidación de cada cuatrienio que hayan trabajado en la
empresa 1000 días.
Incremento Salarial 1,1%
Al finalizar cada año de vigencia del Convenio colectivo si el IPC de Cataluña sobrepasa el 2,5% de
Cláusula de Revisión Salarial
incremento respecto al año anterior, se producirá una revisión salarial de un 0.5%
Complemento de IT Según Ley
Seguro Colectivo NO
Cláusula de Estabilidad en el
Empleo No contempla
Derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para asistir a cursos de formación
Formación profesional y permisos necesarios para formación o perfeccionamiento profesional con reserva del
puesto de trabajo, de acuerdo con las necesidades de producción.
Salud Laboral Según Ley
Clausula de medio ambiente NO
Cláusulas de igualdad Según Ley. Se recoge el principio de igualdad
Conciliación vida familiar NO
Violencia de género Según Ley
Derechos Sindicales Según Ley
Digitalización NO
Mejoras sociales I Un día en caso de matrimonio de padres, hijos y hermanos.
20 días de matrimonio, 4 días en caso de enfermedad grave de parientes hasta el 2º grado de
Mejoras sociales II
consanguinidad o afinidad.
Mejoras sociales III No contempla
Mejoras sociales IV No contempla
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