Page 197 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa:  GRUPO LACTALIS IBERIA, S.A.                                       Ranking  8
                       Marca Blanca  SI
                             Grupo  GRUPO LACTALIS IBERIA, S.A
                 Empresa o Convenio  LACTALIS PULEVA, S.L.
                             Sector Lácteos
                    Código Convenio  18100121012014
                    Centro de trabajo  Granada
                           Vigencia  2016-2018
             Cláusula de ultraactividad  Prorroga tácita de año en año, hasta la firma de un nuevo Convenio que lo sustituya
                 Jornada Anual h/año  1770 h
            Jornada Semanal h/semana  No contempla
            Trabajador Fijo:  Peón €/año 15.000,00
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/  17.286,60
                               año
                         Vacaciones  Veintidós días laborables
                           Nº Pagas  3
                      Importe Pagas
                      extraordinarias  Sueldo base, más complemento de origen, más la antigüedad
                                    Trienios al 3% sobre la base de cálculo que resulte de sumar el salario base más el complemento
                         Antigüedad
                                    de origen
                  Incremento Salarial No contempla
           Cláusula de Revisión Salarial  No contempla
                                    EC. A partir del 4º día de ocurrir la baja cien por cien de la retribución pactada hasta el 15ª día, a
                                    partir del  16ª día complementará las prestaciones económicas de la Seguridad Social hasta el total
                                    de la retribución pactada en este convenio, corriendo a cargo del trabajador los 3 primeros días de
                  Complemento de IT
                                    baja. En la primera o única baja que se produzca en cada año natural, la Empresa complementará las
                                    prestaciones desde el primer día, 100% en hospitalización. AT o EP, l cien por cien del total desde el
                                    primer día de la baja
                                    Por muerte o incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez: 20.000 euros, Gastos de
                    Seguro Colectivo  sepelio: 2.200 euros. Asistencia según tablas de Convenio. Póliza de seguro colectivo de vida por
                                    importe de 12.020,24 euros
           Cláusula de Estabilidad en el
                            Empleo  No contempla
                         Formación  No contempla
                       Salud Laboral  No contempla
                                    La Dirección de la empresa pondrá en marcha planes específicos sobre minimización, reducción y
           Clausula de medio ambiente reciclaje de residuos, ahorro y eficiencia energética y del agua, así como planes de sustitución de
                                    tecnologías, productos y procesos contaminantes, por otros orientados a la producción limpia.
                                    Comisión de Igualdad, que establece las bases de una nueva cultura en la organización del trabajo
                 Cláusulas de igualdad  que favorezca la igualdad plena entre hombres y mujeres, y que además posibilite la conciliación
                                    entre la vida laboral y personal, sin detrimento de la formación y promoción profesional
              Conciliación vida familiar  Compromiso a impulsar una política de empresa que fomente el derecho a la conciliación
                  Violencia de género  No contempla
                                    La empresa pondrá anualmente a disposición del comité de empresa 1.000 euros para sus gastos
                  Derechos Sindicales  de funcionamiento. Posibilidad de acumulación anual de las horas sindicales de los miembros del
                                    comité de empresa, en los periodos y miembros que dicho comité considere necesario
                                    1.-Cuando la empresa y los representantes del personal declaren la modificación profesional
                                    originada por motivos tecnológicos, de organización o de producción, el personal afectado
                                    recibirá la formación necesaria para su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de
                       Digitalización  trabajo. La misma correrá a cargo de la empresa, sin perjuicio de la posibilidad de obtener a tal
                                    efecto los créditos destinados a la formación. El tiempo destinado a la formación se considerará
                                    en todo caso tiempo de trabajo efectivo.
                                    2.- La evaluación de riesgos tendrá en cuenta la introducción de nuevas tecnologías.
                    Mejoras sociales I  Discapacitados más del 33%. ayuda económica en el año 2016 de 123,65 euros
                   Mejoras sociales II  Invalidez Permanente Parcial, opción de reclasificación profesional o indemnización 1 año de salario.
                   Mejoras sociales III  Natalidad: canastilla estándar o importe equivalente. Obsequio de navidad. Productos de Empresa.
                                    Becas de Estudios para trabajadores: Para estudios r cuyos conocimientos estén directamente
                   Mejoras sociales IV
                                    vinculados a la Empresa y a la actividad realizada por el trabajador, el 100% de matrícula

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