Page 194 - La Industria agroalimentaria y las marcas de distribución 2016
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Empresa:  VALL COMPANYS GRUPO                                               Ranking  7
                       Marca Blanca  SI
                             Grupo  VALL COMPANYS GRUPO
                 Empresa o Convenio  HARINAS PANIFICABLES Y SEMOLAS (INDUSTRIA HARINERA Y SEMOLERA)
                             Sector Multiproducto
                    Código Convenio  99002455011981
                    Centro de trabajo  TODOS LOS CENTROS
                           Vigencia  2015-2016
                                    Todo el contenido del presente convenio y sus anexos mantendrán su vigencia y aplicación plena,
             Cláusula de ultraactividad
                                    hasta que no se alcance la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
                 Jornada Anual h/año  1.784 h/año
            Jornada Semanal h/semana  No contempla
            Trabajador Fijo:  Peón €/año 15.049,55
             Trabajador Fijo:  Oficial 1 €/
                               año  15.418,15
                         Vacaciones  31 días naturales al año
                           Nº Pagas  4
                      Importe Pagas
                      extraordinarias  Salario base + antigüedad (si la tuviera)
                                    Dos bienios del 5% y cuatro quinquenios del 10%, sobre el Salario Base (trabajadores anteriores a
                         Antigüedad
                                    1995)
                  Incremento Salarial No contempla
           Cláusula de Revisión Salarial  No contempla
                                    EC superior a 14 días, a partir del 15ª día, y hasta el máximo de 24 semanas, 25% de la base de
                                    cotización a la Seguridad Social, con un máximo complemento en todo caso, del 100% de dicha
                  Complemento de IT  base de cotización. AL EP o riesgo durante el embarazo, a partir del 1ª día y hasta el máximo de un
                                    año, la diferencia entre el 75% abonado por la Seguridad Social y el 100% de esta base.
                                    Si hay intervención quirúrgica u hospitalización, se percibirá
                                    Por accidente: 23.100 euros de indemnización para caso de fallecimiento o invalidez permanente
                    Seguro Colectivo
                                    total y de 33.000 euros para invalidez absoluta
           Cláusula de Estabilidad en el   Las empresas reducirán el 25% de los contratos realizados a través de ETT.
                            Empleo
                         Formación  No contempla
                       Salud Laboral  Se estará a lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
           Clausula de medio ambiente No contempla
                                    Comisión para la Igualdad de Oportunidades y la no Discriminación  La Comisión velará por el
                 Cláusulas de igualdad
                                    cumplimiento de la nueva Ley de Igualdad,
              Conciliación vida familiar  No contempla
                  Violencia de género  No contempla
                                    En aquellos centros de trabajo con plantilla que exceda de 125 trabajadores, y cuando los Sindicatos
                                    o Centrales posean en los mismos una afiliación superior al 15% de aquella, la representación del
                  Derechos Sindicales  Sindicato o Central será ostentada por un Delegado. Delegado de personal en empresas de menos
                                    de 10 trabajadores. tres días como máximo en un período de tres años, para participar en Congresos
                                    Sindicales de ámbito nacional, sin retribución alguna
                       Digitalización  NO
                                    Premio jubilación anticipada: 5 meses de salario de Convenio, 5 años de antelación a la edad fijada
                                    para el percibo del 100% del salario por este concepto, De 4,5 meses de salario del Convenio,
                                    cuando se solicite con 4 años de antelación, De 4 meses de salario de Convenio, cuando se
                                    solicite con 3 años de antelación. De 3,5 de salario de Convenio, cuando se solicite con 2 años
                    Mejoras sociales I
                                    de antelación, De 3 meses de salario del Convenio cuando se solicite con tan sólo 1 año de
                                    antelación a la edad fijada para el percibo del 100% del salario por este concepto. Los trabajadores
                                    que se jubilen anticipadamente a los 64 años, acogiéndose a los beneficios previstos en el Artículo
                                    anterior, no tendrán derecho a premio alguno.
                                    Todos los trabajadores/as que reúnan los requisitos establecidos en la ley, tendrán el derecho a
                   Mejoras sociales II
                                    acceder a la jubilación parcial
                   Mejoras sociales III  No contempla
                   Mejoras sociales IV  No contempla

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